Interpretación judicial de las leyes de acción positiva en los casos de violencia de género
El artículo tiene como propósito analizar el razonamiento judicial frente a las leyes de acción positiva en lo que respecta a la función del juez como aplicador del derecho, quien tiene un margen de discrecionalidad como todo intérprete judicial, además de razones morales referidas a su libertad de...
- Autores:
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Ochoa Díaz, Angélica
Chacín Fuenmayor, Ronald
- Tipo de recurso:
- Article of journal
- Fecha de publicación:
- 2023
- Institución:
- Corporación Universidad de la Costa
- Repositorio:
- REDICUC - Repositorio CUC
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- Palabra clave:
- Violencia de género
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El artículo tiene como propósito analizar el razonamiento judicial frente a las leyes de acción positiva en lo que respecta a la función del juez como aplicador del derecho, quien tiene un margen de discrecionalidad como todo intérprete judicial, además de razones morales referidas a su libertad de conciencia y la posibilidad de efectuar estas facultades frente a las leyes de acción positiva, concretamente las que protegen a las mujeres frente a la violencia de género como prima facie vinculantes, por estar relacionadas con la protección de los derechos de las minorías, consagrados constitucionalmente. La metodología consiste en el estudio de diferentes documentos escritos, tales como libros, artículos de revistas, documentos científicos, legislación, jurisprudencia, entre otros. La originalidad y aporte se centró en expresar la problemática sobre la limitación o no del razonamiento judicial frente a las leyes de acción positiva. Par el logro del objetivo se plantearon estos aspectos: nociones sobre la violencia de género, la interpretación jurídica en general y, por último, análisis de las leyes de acción positiva y su interpretación. A manera de conclusión es importante resaltar que, el ciudadano y los organismos del estado están sometidos a la carta magna y al ordenamiento jurídico por lo que no es posible el derecho de objeción de conciencia y el margen de discrecionalidad que tiene el juez como todo intérprete judicial en los casos de violencia de género, aunque esto contravenga a la concepción moderna del derecho en cuanto a la jurisprudencia como fuente creadora de derecho. |
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La metodología consiste en el estudio de diferentes documentos escritos, tales como libros, artículos de revistas, documentos científicos, legislación, jurisprudencia, entre otros. La originalidad y aporte se centró en expresar la problemática sobre la limitación o no del razonamiento judicial frente a las leyes de acción positiva. Par el logro del objetivo se plantearon estos aspectos: nociones sobre la violencia de género, la interpretación jurídica en general y, por último, análisis de las leyes de acción positiva y su interpretación. A manera de conclusión es importante resaltar que, el ciudadano y los organismos del estado están sometidos a la carta magna y al ordenamiento jurídico por lo que no es posible el derecho de objeción de conciencia y el margen de discrecionalidad que tiene el juez como todo intérprete judicial en los casos de violencia de género, aunque esto contravenga a la concepción moderna del derecho en cuanto a la jurisprudencia como fuente creadora de derecho.The purpose of the article is to analyze the judicial reasoning against the positive action laws regarding the function of the judge as applicator of the law, which has a margin of discretion like any judicial interpreter, in addition to its own moral reasons related to its freedom. of conscience and the possibility of exercising these powers in the face of affirmative action laws, specifically those that protect women against gender violence, which are prima facie binding because they are closely related to the protection of the rights of minorities, many times constitutionally enshrined. The methodology consists of the study of different written documents such as books, magazine articles, scientific documents, legislation, jurisprudence, among others. The originality and contribution focused on expressing the problem of the limitation or not of judicial reasoning in the face of affirmative action laws. In order to achieve the objective, these aspects were raised: notions about gender violence, legal interpretation in general and, finally, analysis of positive action laws and their interpretation. In conclusion, it is important to highlight that the citizen and state agencies are subject to the Constitution and the legal system, so the right of conscientious objection and the margin of discretion that the judge has in cases is not possible. of affirmative action laws like all judicial interpreters, although this contravenes the modern conception of law in terms of jurisprudence as a source of law creation.application/pdftext/htmlapplication/epub+zipspaUniversidad de la CostaJURÍDICAS CUC - 2024https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/info:eu-repo/semantics/openAccessEsta obra está bajo una licencia internacional Creative Commons Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0.http://purl.org/coar/access_right/c_abf2https://revistascientificas.cuc.edu.co/juridicascuc/article/view/4661Violencia de géneroigualdad de géneroobjeción de concienciajusticiasistema socialGender violencegender equalityconscientious objectionjusticesocial systemInterpretación judicial de las leyes de acción positiva en los casos de violencia de géneroJudicial interpretation of positive action laws in cases of gender violenceArtículo de revistahttp://purl.org/coar/resource_type/c_6501http://purl.org/coar/resource_type/c_2df8fbb1Textinfo:eu-repo/semantics/articleJournal articlehttp://purl.org/redcol/resource_type/ARTinfo:eu-repo/semantics/publishedVersionhttp://purl.org/coar/version/c_970fb48d4fbd8a85Revista Jurídicas CUCAlexy, R. 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