Seguridad jurídica, justicia social e implicaciones en los aspectos procesales del derecho en Colombia
Frente a las transformaciones del Estado contemporáneo. El Estado Demoliberal que fue consecuencia o creación de los ideólogos que inspiraron la revolución francesa, no respondió a las necesidades sentidas de la comunidad y por eso devino en crisis el modelo clásico liberal del Estado de derecho. En...
- Autores:
-
Carrascal Castaño, Frank Hernan
Navarro Agamez, Edgar
- Tipo de recurso:
- Work document
- Fecha de publicación:
- 2005
- Institución:
- Corporación Universidad de la Costa
- Repositorio:
- REDICUC - Repositorio CUC
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repositorio.cuc.edu.co:11323/13067
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/11323/13067
https://repositorio.cuc.edu.co
- Palabra clave:
- Derechos Constitucionales
Sentencias
Justicia social
- Rights
- openAccess
- License
- Atribución-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional (CC BY-NC-SA 4.0)
Summary: | Frente a las transformaciones del Estado contemporáneo. El Estado Demoliberal que fue consecuencia o creación de los ideólogos que inspiraron la revolución francesa, no respondió a las necesidades sentidas de la comunidad y por eso devino en crisis el modelo clásico liberal del Estado de derecho. En este modelo clásico la acción del Estado estaba limitada a funciones eminentemente políticas defensa del orden público y un funcionamiento normal del mercado de la economía, surge entonces la necesidad de crear un nuevo modelo de Estado que supliera las deficiencias omisiones y regulaciones del Estado demoliberal. La fuerza ideológica de un HERMAN HÉLLER, del Barón VON STEIN de los aportes críticos de los marxistas y de las enseñanzas cristianas de la iglesia católica, dieron lugar a la transformación de un modelo de un nuevo Estado denominado Estado de Bienestar o Estado Social de Derecho; en este nuevo modelo cumplen funciones distantes de lo que preconizaba el Estado decimonónico una economía gobernada por el Estado y las prestaciones públicas de naturaleza social y existencial, la prevalencia en la defensa de los derechos humanos y los intereses difusos. |
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