La Condición más beneficiosa en la Pensión de Invalidez y Sobrevivientes desde la Jurisprudencia Colombiana

El principio de la condición más beneficiosa, constituye un fundamento jurisprudencial para el reconocimiento de las pensiones de invalidez de origen común y de sobrevivientes. En lo relacionado con su aplicación existen diferencias entre la Corte Constitucional y la Sala Laboral de la Corte Suprema...

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Autores:
Barrios Lozano, Alberto Enrique
Romero Marín, Ligia
Tipo de recurso:
Article of journal
Fecha de publicación:
2019
Institución:
Corporación Universidad de la Costa
Repositorio:
REDICUC - Repositorio CUC
Idioma:
spa
OAI Identifier:
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Acceso en línea:
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Palabra clave:
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description El principio de la condición más beneficiosa, constituye un fundamento jurisprudencial para el reconocimiento de las pensiones de invalidez de origen común y de sobrevivientes. En lo relacionado con su aplicación existen diferencias entre la Corte Constitucional y la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en cuanto a los límites temporales que se deben tener en cuenta para estudiar el derecho; mientras la Corte Constitucional hace una revisión en regreso de las normas derogadas, la Corte Suprema de Justicia soloexamina la disposición abolida inmediatamente anterior. Para tales efectos, se hace una revisión bibliográfica jurisprudencial y documental a partir de los límites de aplicación de la condición más beneficiosa, con el propósito de analizar cuál de los dos criterios resulta favorable. En términos generales se puede concluir como la regla de la Corte Constitucional es mas favorable que la expuesta por la Corte Suprema de Justicia
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República de Colombia. Corte Constitucional. (4 de diciembre de 2014). Sentencia T-953. Exp. T-4450903. [MP: María Victoria Calle Correa].
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República de Colombia. Corte Constitucional. (16 de septiembre de 2014). Sentencia T-717. Exp. T-4349013, T-4349611, T-4350198, T-4360082, T-4363536, T-4364489 y T-4365133 (Acumulados). [MP: María Victoria Calle Correa].
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República de Colombia. Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Laboral. (19 de octubre de 2016). Sentencia SL-15617. [MP: Clara Dueñas Quevedo].
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Para tales efectos, se hace una revisión bibliográfica jurisprudencial y documental a partir de los límites de aplicación de la condición más beneficiosa, con el propósito de analizar cuál de los dos criterios resulta favorable. En términos generales se puede concluir como la regla de la Corte Constitucional es mas favorable que la expuesta por la Corte Suprema de JusticiaThe principle of the most beneficial condition constitutes a jurisprudential basis for the recognition of invalidity pensions of common origin and of survivors. With regard to the application of this principle, there are differences between the Constitutional Court and the Labour Chamber of the Supreme Court of Justice in terms of the time limits that must be taken into account when studying the law; since, while the Constitutional Court reviews the repealed norms, the Supreme Court of Justice only examines the immediately preceding abolished provision. To this end, a bibliographic review of case law and documents is carried out starting from the limits of application of the most beneficial condition, with the purpose of analyzing which of the two criteria is favorable. In general terms, it can be concluded that the rule of the Constitutional Court is more favorable than that set forth by the Supreme Court of Justice.application/pdftext/htmlapplication/xmlspaUniversidad de la CostaJURÍDICAS CUC - 2019https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/info:eu-repo/semantics/openAccessEsta obra está bajo una licencia internacional Creative Commons Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0.http://purl.org/coar/access_right/c_abf2https://revistascientificas.cuc.edu.co/juridicascuc/article/view/2368most beneficial conditionretrospectivitylegitimate expectationjurisprudencedisability pensionsurvivor's pensioncondición más beneficiosaretrospectividadexpectativa legítimajurisprudenciapensión de invalidezpensión de sobrevivientesLa Condición más beneficiosa en la Pensión de Invalidez y Sobrevivientes desde la Jurisprudencia ColombianaThe Most Beneficial Condition in the Invalidity and Survivors Pension from Colombian JurisprudenceArtículo de revistahttp://purl.org/coar/resource_type/c_6501http://purl.org/coar/resource_type/c_2df8fbb1Textinfo:eu-repo/semantics/articleJournal articlehttp://purl.org/redcol/resource_type/ARTinfo:eu-repo/semantics/publishedVersionhttp://purl.org/coar/version/c_970fb48d4fbd8a85Revista Jurídicas CUCHernández, J., Chumaceiro, A., Ziritt, G. y Acurero, M. (2018). Cultura para la paz en Colombia. Una aproximación desde las políticas publicas. Opción, 34(86). 612 - 641.López, M. (2017). Módulo interpretación constitucional. Bogotá, D.C.: CSJ.República de Colombia. Asamblea Nacional Constituyente. (1991). Artículo 1. [Constitución política de Colombia]. Gaceta Constitucional, 1(114). 3. Recuperado de http://babel.banrepcultural.org/cdm/compoundobject/collection/p17054coll26/id/3850/show/3743/rec/8República de Colombia. Asamblea Nacional Constituyente. (1991). Artículo 2. [Constitución política de Colombia]. Gaceta Constitucional, 1(114). 3.República de Colombia. Asamblea Nacional Constituyente. (1991). Artículo 9. [Constitución política de Colombia]. Gaceta Constitucional, 1(114). 3.República de Colombia. Asamblea Nacional Constituyente. (1991). Artículo 13. [Constitución política de Colombia]. Gaceta Constitucional, 1(114). 3.República de Colombia. Asamblea Nacional Constituyente. (1991). Artículo 47. [Constitución política de Colombia]. Gaceta Constitucional, 1(114). 5.República de Colombia. Asamblea Nacional Constituyente. (1991). Artículo 48. [Constitución política de Colombia]. Gaceta Constitucional, 1(114). 5.República de Colombia. Asamblea Nacional Constituyente. (1991). Artículo 53. [Constitución política de Colombia]. Gaceta Constitucional, 1(114). 5.República de Colombia. Asamblea Nacional Constituyente. (1991). Artículo 83. [Constitución política de Colombia]. Gaceta Constitucional, 1(114). 6.República de Colombia. Asamblea Nacional Constituyente. (1991). Artículo 93. [Constitución política de Colombia]. Gaceta Constitucional, 1(114). 7.República de Colombia. Asamblea Nacional Constituyente. (1991). Artículo 95. [Constitución política de Colombia]. Gaceta Constitucional, 1(114). 7.República de Colombia. Asamblea Nacional Constituyente. (1991). Artículo 241. [Constitución política de Colombia]. Gaceta Constitucional, 1(114). 16-17.República de Colombia. Congreso de la República. (29 de diciembre de 2003). Por la cual se reforman algunas disposiciones del Sistema General de Pensiones previsto en la Ley 100 de 1993. [Ley 860]. DO: 45.415.República de Colombia. Congreso de la República. (29 de enero de 2003). Por la cual se reforman algunas disposiciones del sistema general de pensiones previsto en la Ley 100 de 1993 y se adoptan disposiciones sobre los Regímenes Pensionales exceptuados y especiales. [Ley 797]. DO: 45.079.República de Colombia. Congreso de la República. (4 de agosto de 2003). Por medio de la cual se aprueba el "Código Iberoamericano de Seguridad Social". [Ley 516]. DO: 43.656.República de Colombia. Congreso de la República. (24 de septiembre de 1996). Por medio de la cual se aprueba el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales «Protocolo de San Salvador». [Ley 319]. DO: 42.884.República de Colombia. Congreso de la República. (23 de diciembre de 1993). Por la cual se crea el sistema de seguridad social integral y se dictan otras disposiciones. [Ley 100]. DO: 41.148.República de Colombia. Corte Constitucional. (18 de Agosto de 2016). Sentencia SU-442. Exp. T-5383796. [MP: María Victoria Calle Correa].República de Colombia. Corte Constitucional. (15 de junio de 2016). Sentencia T-304. Exp. T-5.395.331. [MP: Jorge Ignacio Pretelt Chaljub].República de Colombia. Corte Constitucional. (21 de abril de 2016). Sentencia T-194. Exp. T-5301858, T-5309729, T5314829 y T-5314910. [MP: Jorge Ignacio Pretelt Chaljub].República de Colombia. Corte Constitucional. (14 de marzo de 2016). Sentencia T-137. Exp. T-5261587. [MP: Luis Ernesto Vargas Silva].República de Colombia. Corte Constitucional. (4 de marzo de 2016). Sentencia T-112. Exp. T-5.206.885. [MP: Luis Guillermo Guerrero Pérez].República de Colombia. Corte Constitucional. (16 de febrero de 2016). Sentencia T-065. Exp. T-5.161.226, T-5.169.150 y T-5.176.711 (acumulados). [MP: Luis Guillermo Guerrero Pérez].República de Colombia. Corte Constitucional. (17 de Abril de 2015). Sentencia T-190. Exp. T-4.610.966. [MP: Luis Guillermo Guerrero Pérez].República de Colombia. Corte Constitucional. (4 de diciembre de 2014). Sentencia T-953. Exp. T-4450903. [MP: María Victoria Calle Correa].República de Colombia. Corte Constitucional. (26 de noviembre de 2014). Sentencia T-910. Exp. T-4.454.118, T-4.450.411, T-4.441.363, T-4.447.525 y T-4.455.344. [MP: Mauricio González Cuervo].República de Colombia. Corte Constitucional. (16 de septiembre de 2014). Sentencia T-717. Exp. T-4349013, T-4349611, T-4350198, T-4360082, T-4363536, T-4364489 y T-4365133 (Acumulados). [MP: María Victoria Calle Correa].República de Colombia. Corte Constitucional. (22 de julio de 2014). Sentencia T-549. Exp. T-4.190.630, T-4.192.231, T-4.200.034, T-4.207.853, T-4.208.797, T-4.214.033, T-4.223.178 y T-4.224.997 (Acumulados). [MP: Luis Ernesto Vargas Silva].República de Colombia. Corte Constitucional. (5 de noviembre de 2014). Sentencia T-826. Exp. T-4406447. [MP: Gloria Stella Ortiz Delgado].República de Colombia. Corte Constitucional. (1 de abril de 2014). Sentencia T-208. Exp. T- 4.117.321 y T-4.138.521 (Acumulados). [MP: Luis Guillermo Guerrero Pérez].República de Colombia. Corte Constitucional. (3 de marzo de 2014). Sentencia T-110. Exp. T-4.089.300. [MP: Gabriel Eduardo Mendoza Martelo].República de Colombia. Corte Constitucional. (21 de enero de 2014). Sentencia T-012. Exp. T- 4049725, T-4062695 y T-4063277. [MP: Jorge Ignacio Pretelt Chaljub].República de Colombia. Corte Constitucional. (3 de diciembre de 2013). Sentencia T-886. Exp. T- 3.974.993, T- 3.983.906, T-3.984.021, T-3.985.384, T- 3.986.393, T- 3.991.396 (Acumulados). [MP: Luis Guillermo Guerrero Pérez].República de Colombia. Corte Constitucional. (2 de diciembre de 2013). Sentencia T-872. Exp. T-4.010.076. [MP: Gabriel Eduardo Mendoza Martelo].República de Colombia. Corte Constitucional. (18 de noviembre de 2013). Sentencia T-832A. Expediente T-3962356. [MP: Luis Ernesto Vargas Silva].República de Colombia. Corte Constitucional. (26 de agosto de 2013). Sentencia T-576. Exp. T-3.852.539 y T-3.852.578. [MP: Alberto Rojas Ríos].República de Colombia. Corte Constitucional. (22 de agosto de 2013). Sentencia T-553. Exp. T-3862736. [MP: Gabriel Eduardo Mendoza Martelo].República de Colombia. Corte Constitucional. (12 de junio de 2012). Sentencia T-434. Exp. T-3.345.197. [MP: Humberto Antonio Sierra Porto].República de Colombia. Corte Constitucional. (8 de septiembre de 2011). Sentencia T-668. Exp. T-3052755 y T- 3053025. [MP: Nilson Pinilla Pinilla].República de Colombia. Corte Constitucional. (7 de octubre de 2011). Sentencia T-762. Exp. T-3085282. [MP: María Victoria Calle Correa].República de Colombia. Corte Constitucional. (4 de febrero de 2011). Sentencia T-062A. Exp. T -2.740.402. [MP: Mauricio González Cuervo].República de Colombia. Corte Constitucional. (16 de diciembre de 2010). Sentencia T-1058. Exp. T-2.186.444, T-2.186.608, T-2.186.868, T-2.193.856, T-2.161.387, T-2.231.681, T-2.253.643 y T-2.253.769 (Acumulados). [MP: Gabriel Eduardo Mendoza Martelo].República de Colombia. Corte Constitucional. (20 de octubre de 2010). Sentencia T-826. Ex. T-2.714.362. [MP: Jorge Ignacio Pretelt Chaljub].República de Colombia. Corte Constitucional. (18 de marzo de 2010). Sentencia T-186. Exp. T- 2.450.097 - T-2.457.197 T-2.456.430. [MP: Jorge Ignacio Pretelt Chaljub].República de Colombia. Corte Constitucional. (13 de febrero de 2003). Sentencia SU-120. Exp. T-406.257, T-453.539 y T- 503.695. [MP: Álvaro Tafur Galvis].República de Colombia. Corte Constitucional. (24 de Septiembre de 2002). Sentencia C-789. Exp. D-3958. [MP: Rodrigo Escobar Gil].República de Colombia. Corte Constitucional. (21 de marzo de 1995). Sentencia T-123. Exp. T-48378. [MP: Eduardo Cifuentes Muñoz].República de Colombia. Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Laboral. (24 de enero de 2018). Sentencia SL-028. Rad. 59012. [MP: Fernando Castillo Cadena]República de Colombia. Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Laboral. (25 de enero de 2017). Sentencia SL-4650. Rad. 45262. [MP: Fernando Castillo Cadena y Gerardo Botero Zuluaga].República de Colombia. Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Laboral. (26 de octubre de 2016). Sentencia SL-15965. Rad. 53714. [MP: Clara Dueñas Quevedo].República de Colombia. Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Laboral. (26 de octubre de 2016). Sentencia SL-15960. [MP: Clara Dueñas Quevedo].República de Colombia. Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Laboral. (19 de octubre de 2016). Sentencia SL-15617. [MP: Clara Dueñas Quevedo].República de Colombia. Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Laboral. (19 de octubre de 2016). Sentencia SL-15612. [MP: Clara Dueñas Quevedo].República de Colombia. Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Laboral. (05 de octubre de 2016). Sentencia SL-14881. [MP: Clara Dueñas Quevedo].República de Colombia. Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Laboral. (13 de julio de 2016). Sentencia SL-9764. [MP: Clara Dueñas Quevedo].República de Colombia. Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Laboral. (13 de julio de 2016). Sentencia SL-9763. [MP: Clara Dueñas Quevedo].República de Colombia. Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Laboral. (13 de julio de 2016). Sentencia SL-9762. [MP: Clara Dueñas Quevedo].República de Colombia. Minjusticia. (23 de diciembre de 1993). Por la cual se crea el sistema de seguridad social integral y se dictan otras disposiciones. [Decreto 758]. DO: 39.303.República de Colombia. Mintrabajo. (14 de enero de 1967). Por el cual se aprueba el reglamento general del seguro social obligatorio de invalidez, vejez y muerte. [Decreto 3041]. DO: 32.126.República de Colombia. Presidencia de la República. (25 de julio de 2005). Por el cual se adiciona el artículo 48 de la Constitución Política. [Acto legislativo 01]. DO: 45.980.República de Colombia. Presidencia de la República. (31 de enero de 1984). Por el cual se aprueba el Acuerdo número 019, emanado del Consejo Nacional de los Seguros Sociales Obligatorios. [Decreto 232]. DO: 36.490.Rodríguez, M., Cuervo, H., Ponce, G., Suárez, A., Urrego, D., Benavides, D., Moreno, I. y Restrepo, J. (2016). La pensión de invalidez en el régimen de prima media: Análisis normativo – jurisprudencial. Bogotá, D.C.: Universidad Externado de Colombia y Colpensiones.Romero, L. e Ibarra, J. (2017). La pensión especial anticipada de vejez: Un análisis desde la perspectiva de la teoría de la eficacia simbólica del derecho. Advocatus, 14(28). 41-57. https://doi.org/10.18041/0124-0102/advocatus.29.1656162135115https://revistascientificas.cuc.edu.co/juridicascuc/article/download/2368/2302https://revistascientificas.cuc.edu.co/juridicascuc/article/download/2368/2307https://revistascientificas.cuc.edu.co/juridicascuc/article/download/2368/2308Núm. 1 , Año 2019 : Jurídicas CUC 2019OREORE.xmltext/xml2654https://repositorio.cuc.edu.co/bitstream/11323/12498/1/ORE.xml33ddb5eb43dcea132cf7f5cbafd80011MD51open access11323/12498oai:repositorio.cuc.edu.co:11323/124982024-04-09 15:26:07.279An error occurred on the license name.|||https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/metadata only accessRepositorio Universidad de La Costarepdigital@cuc.edu.co