Principio de las dos instancias

El presente documento es desarrollado haciendo inicialmente un análisis critico de la acepción o terminología acogida por una serie de juristas y conocedores de las ramas del derecho cual es el término de principios los cuales se les da una descripción indiscriminada sin atender los preceptos y dire...

Full description

Autores:
Ayola Manjarrez, Orlando
Pautt Pupo, Maritza Del Carmen
Tipo de recurso:
Work document
Fecha de publicación:
2005
Institución:
Corporación Universidad de la Costa
Repositorio:
REDICUC - Repositorio CUC
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repositorio.cuc.edu.co:11323/13108
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/11323/13108
https://repositorio.cuc.edu.co
Palabra clave:
Doble instancia
Apelación adhesiva
Derecho
Rights
openAccess
License
Atribución-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional (CC BY-NC-SA 4.0)
Description
Summary:El presente documento es desarrollado haciendo inicialmente un análisis critico de la acepción o terminología acogida por una serie de juristas y conocedores de las ramas del derecho cual es el término de principios los cuales se les da una descripción indiscriminada sin atender los preceptos y directrices que se le exige para tal denominación. Es de vital importancia para nosotros como abogados y futuros doctrinantes tener plena claridad cuando estamos en presencia de un principio informador del derecho procesal y cuando estamos frente a una regla técnica del procedimiento. Es de anotar que nuestra carta política dentro de su aspecto dogmático ha querido desarrollar y a su vez salvaguardar con mucho acierto los derechos fundamentales de los ciudadanos dentro de los cuales y uno de los mas sobresalientes y que más desarrollo ha tenido a través de la jurisprudencia colombiana en especial por parte de la Corte Constitucional ha sido el debido proceso o el derecho de defensa que a su vez se garantiza en forma plena y eficaz a través del derecho fundamental de la doble instancia. Es menester de este trabajo investigativo resaltar la importancia que tiene la regla técnica o principio de la doble instancia dentro del mismo derecho adjetivo o procesal debido a que su implementación propende a la erradicación o disminución de los yerros judiciales los cuales pueden ser por externalidades o circunstancias ajenas a la buena fe de los funcionaros jurisdiccionales. No obstante la propugnación de la Carta Magna de garantizar que todo fallo o decisión sea factible de impugnación es esta misma la que brinda libertad al legislador de establecer excepciones a la regla general pero sin desconocer la vital relevancia que tiene para todos el derecho fundamental de la doble instancia.