La inejecución de la sanción de arresto y multa dentro de un incidente de desacato por el incumplimiento al fallo de tutela
La inejecución de la sanción de arresto y multa dentro de un incidente de desacato es una herramienta novedosa para la comunidad académica jurídica y su aplicabilidad se da cuando existe un incumplimiento al fallo de tutela inicialmente, que luego se traduce en una medida correccional confirmada por...
- Autores:
-
Cueto Estrada, Juan Pablo
- Tipo de recurso:
- Article of journal
- Fecha de publicación:
- 2012
- Institución:
- Corporación Universidad de la Costa
- Repositorio:
- REDICUC - Repositorio CUC
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repositorio.cuc.edu.co:11323/12399
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/11323/12399
https://revistascientificas.cuc.edu.co/juridicascuc/article/view/437
- Palabra clave:
- Acción de tutela
incidente de desacato
inejecución
sanción de arresto y multa
derechos fundamentales.
- Rights
- openAccess
- License
- JURÍDICAS CUC - 2015
Summary: | La inejecución de la sanción de arresto y multa dentro de un incidente de desacato es una herramienta novedosa para la comunidad académica jurídica y su aplicabilidad se da cuando existe un incumplimiento al fallo de tutela inicialmente, que luego se traduce en una medida correccional confirmada por el superior del juez de conocimiento. Los resultados de la investigación realizada apuntaron al establecimiento de los criterios o lineamientos que deben tener en cuenta los jueces constitucionales al momento de proferirla cuando se encuentren con una confirmación del desacato en segunda instancia; teniendo como asidero jurídico la jurisprudencia del Consejo de Estado y los diferentes pronunciamientos que se conocieron dentro del ejercicio de la representación de la EPS COOMEVA, concretamente once pronunciamientos, cuando se acudió al aparato judicial con la finalidad de exigir su aplicación inmediata en los diferentes juzgados de la Costa Atlántica, con la satisfacción de obtener un resultado favorable para la empresa; y no la utilización de otros medios de defensa (tutela por vía de hecho), sino uno más ágil y de menores traumatismos como los de la Inejecución. |
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