La conciliación como mecanismo alternativo en la solución de conflictos
A través de la historia el Derecho ha estado en un constante cambio evolutivo, por tal razón se han ensayado diversas figuras, que tienen como objetivo primordial, agilizar y darle un buen funcionamiento a la administración de justicia; es así como el legislador en su afán de optimizar el servicio t...
- Autores:
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Martínez Barraza, Ana Milena
Pomare Martínez, Jeffrey
Pacheco Narváez, Rossana
- Tipo de recurso:
- Work document
- Fecha de publicación:
- 2001
- Institución:
- Corporación Universidad de la Costa
- Repositorio:
- REDICUC - Repositorio CUC
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repositorio.cuc.edu.co:11323/13207
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/11323/13207
https://repositorio.cuc.edu.co
- Palabra clave:
- Conciliación
Derecho civil
Solución de conflictos
- Rights
- openAccess
- License
- Atribución-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional (CC BY-NC-SA 4.0)
Summary: | A través de la historia el Derecho ha estado en un constante cambio evolutivo, por tal razón se han ensayado diversas figuras, que tienen como objetivo primordial, agilizar y darle un buen funcionamiento a la administración de justicia; es así como el legislador en su afán de optimizar el servicio trajo a nuestra legislación la figura de la conciliación. La conciliación tiene su fundamento en nuestra Constitución Nacional de 1991. El artículo 2 de la Constitución Nacional establece con uno de los fines esenciales del Estado, el derecho del pueblo a participar directamente en la solución de los conflictos que los afectan, por lo tanto, la democratización de la función pública, también se extiende a la administración de justicia. Como lo establece el art. 116 inciso 4 de la Constitución Nacional, menciona los fundamentos de la conciliación, como un mecanismo eficaz para la solución de las controversias, el legislador en su sabiduría reglamentó la figura de la conciliación en la Ley 640 de 2001. De esta manera presentamos todos los elementos y etapas que se tienen en cuenta para una conciliación integral logrando darle importancia y profundidad a lo que normalmente se conoce como un trámite más una audiencia más. |
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