Análisis de las partes, apoderados y límites de la agencia oficiosa en la conciliación extrajudicial en Colombia

La Constitución Política de 1991 permitió en su artículo 116 que los particulares pudiesen ser investidos de jurisdicción como en los casos de árbitros y conciliadores, a pesar de que esta investidura quedó limitada a ciertos aspectos de temporalidad y de poder que poseen los jueces de la República...

Full description

Autores:
ARRIETA-LÓPEZ, Milton
Meza-Godoy, Abel
Carrasquilla, Laura
Tipo de recurso:
Article of journal
Fecha de publicación:
2021
Institución:
Corporación Universidad de la Costa
Repositorio:
REDICUC - Repositorio CUC
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repositorio.cuc.edu.co:11323/9033
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/11323/9033
http://dx.doi.org/10.21017/Rev.Repub.2021.v31.a113
https://repositorio.cuc.edu.co/
Palabra clave:
Agente oficioso
Partes
Conciliación
Apoderados
MASC
Officious intermeddler
Parties
Conciliation
Representatives
ADR
Rights
openAccess
License
Atribución 4.0 Internacional (CC BY 4.0)
Description
Summary:La Constitución Política de 1991 permitió en su artículo 116 que los particulares pudiesen ser investidos de jurisdicción como en los casos de árbitros y conciliadores, a pesar de que esta investidura quedó limitada a ciertos aspectos de temporalidad y de poder que poseen los jueces de la República de Colombia. En ese sentido, el conciliador en ejercicio de su jurisdicción temporal puede examinar la comparecencia de las partes y establecer si éstas se encuentran facultadas para disponer del derecho controvertido. El objeto del presente trabajo es determinar, mediante la metodología del análisis crítico, la revisión bibliográfica y documental, si el agente oficioso puede reunir los requisitos de parte en la audiencia de conciliación. Se llega a la conclusión que por ausencia de atribución legal y en virtud de su naturaleza jurídica el agente oficioso no puede ser considerado como parte en la conciliación extrajudicial.