Sociedades agrarias de transformación (s.a.t) en Colombia

Es interesante hacer una breve referencia a la historia del establecimiento de la Ley 811 de 2003, por medio de la cual se crearon en Colombia las Sociedades Agrarias de Transformación, SAT. Las Sociedades Agrarias de Transformación, SAT, como se las bautizó en España desde 1977, año de su creación,...

Full description

Autores:
Freay Lopez, Jose Luis
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2004
Institución:
Corporación Universidad de la Costa
Repositorio:
REDICUC - Repositorio CUC
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repositorio.cuc.edu.co:11323/988
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/11323/988
https://repositorio.cuc.edu.co/
Palabra clave:
S.A.T Sociedad Agraria de Transformación
FINAGRO. Fondo para el Financiamiento Agropecuario
F.A.G. Fondo Agrario de Garantías
O.M.C. Organización Mundial del Comercio
G7. Grupo de los 7 países más industrializados
BNA. Bolsa Nacional Agropecuaria
ICR. Incentivo a la Capitalización Rural
DTF. Tasa de Interés Variable
EA. Efectivo anual
CDM. Certificado de Depósito de Mercancía
FCC. Factura Cambiaria de Compraventa
Rights
openAccess
License
Atribución – No comercial – Compartir igual
Description
Summary:Es interesante hacer una breve referencia a la historia del establecimiento de la Ley 811 de 2003, por medio de la cual se crearon en Colombia las Sociedades Agrarias de Transformación, SAT. Las Sociedades Agrarias de Transformación, SAT, como se las bautizó en España desde 1977, año de su creación, han representado para el agricultor ibérico una afortunada y eficaz norma jurídica de asociación de personas y capitales, especialmente para adelantar las labores propias las transformaciones generalmente ; de los productos del agro, y su comercialización. Las sociedades llamadas de gestión, por razón de cumplir finalidades básicamente operativas, se distancian de las cooperativas por no estar amarradas al voto unitario por persona, que dificulta la agrupación de capitales, y se acercan a las estructuras más flexibles de la sociedad anónima. La finalidad de las SAT no es la obtención y distribución de utilidades, como sucede en las sociedades comerciales, sino la prestación de servicios y el cumplimiento de operaciones específicas, según la clase de actividad que cumplan. De ahí que se les prohíba, como principio general, repartir utilidades. Para sacar al sector rural de la profunda crisis en que está, no basta un programa de suministro de parcelas, ni aun la parcela con asistencia técnica y crédito, si no dispone el productor agrícola de una fórmula de asociación de personas y capitales que sea tan eficaz para sus propósitos operativos como, por ejemplo, lo ha sido la sociedad anónima, y en general las sociedades mercantiles, para el gran desarrollo de las empresas capitalistas urbanas. El proyecto de ley de creación de las SAT está basado estrechamente en los textos de los decretos que las crearon y reglamentaron en España, pero todos los artículos del proyecto, desde luego, han sido conformados a las normas y principios de la legislación colombiana y sufrido ligeros cambios respecto a los textos originales, en consideración a experiencias de su funcionamiento.