Responsabilidad civil de los administradores

La finalidad de este trabajo se fundamenta en detallar la normatividad que rige para los administradores de las sociedades desde el punto de vista de la responsabilidad. Para ello nos fundamentaremos en obras de conocidos tratadistas del derecho para encauzar un adecuado criterio sobre el tema. Inic...

Full description

Autores:
Peña Cossio, Oscar
Hutchinson, Mara
Tipo de recurso:
Work document
Fecha de publicación:
2004
Institución:
Corporación Universidad de la Costa
Repositorio:
REDICUC - Repositorio CUC
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repositorio.cuc.edu.co:11323/13239
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/11323/13239
https://repositorio.cuc.edu.co/
Palabra clave:
Normatividad
Administrador de empresa
Sector público
Sector privado
Código penal
Rights
openAccess
License
Atribución-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional (CC BY-NC-SA 4.0)
Description
Summary:La finalidad de este trabajo se fundamenta en detallar la normatividad que rige para los administradores de las sociedades desde el punto de vista de la responsabilidad. Para ello nos fundamentaremos en obras de conocidos tratadistas del derecho para encauzar un adecuado criterio sobre el tema. Inicialmente consideramos conocer la actividad del administrador desde su definición como tal hasta su conducta dentro del manejo eficiente de la empresa, la forma como afecta los intereses de los asociados y terceros y como se logra juzgar a quien se beneficia en su calidad de administradora de los malos manejos dados al objeto social de las diversas empresas. Una vez obtenido el anterior resultado entramos a desarrollar un tema más real del medio Colombiano en relación con los administradores y la forma de mejorar el sistema de control a los mismos mediante la adopción de un procedimiento único, tanto para el sector privado, como el público, con la oportunidad de extenderlo y adecuarlo a los demás tipos de responsabilidad. Como parte de este trabajo, en esta introducción es dable manifestar, como una muestra de la manera como el legislador crea normas dejando otras sin efecto, generando necesidad de interpretar otros principios ya desarrollados por la falta de integración y unanimidad de procesos, como ejemplo el artículo 43 de la Ley 222 de 1995, derogado por el Código Penal en el año 2.000, obligando acudir para tipificar las conductas de un administrador a las normas generales del mencionado Código Penal.