Procedencia del principio de oportunidad para desmovilizados de las AUC por delitos cometidos antes de la vigencia de la ley 906 de 2004

El Acto Legislativo 03 de 2002 reformó la Constitución con la aplicación del Principio de Oportunidad, proceso mediante el cual la Fiscalía podrá interrumpir, suspender y/o renunciar a la persecución penal de los individuos que hayan cometidos alguna conducta punible. El objetivo de esta investigaci...

Full description

Autores:
Perez Pava, Manuel De Jesus
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2010
Institución:
Corporación Universidad de la Costa
Repositorio:
REDICUC - Repositorio CUC
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repositorio.cuc.edu.co:11323/887
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/11323/887
https://repositorio.cuc.edu.co/
Palabra clave:
Principio de Oportunidad
Derecho
Ley
Justicia
Favorabilidad
Renuncia
Investigación
Acción penal
Principle of opportunity
Right
Law
Justice
Favorabilidad
Gives up
Investigation
Penal action
Rights
openAccess
License
Atribución – No comercial – Compartir igual
Description
Summary:El Acto Legislativo 03 de 2002 reformó la Constitución con la aplicación del Principio de Oportunidad, proceso mediante el cual la Fiscalía podrá interrumpir, suspender y/o renunciar a la persecución penal de los individuos que hayan cometidos alguna conducta punible. El objetivo de esta investigación fue el de determinar la procedencia del principio de oportunidad de los desmovilizados de las AUC por delitos cometidos antes de la vigencia de la 906 de 2004. Se utilizó para esta investigación la metodología utilizada fue el método deductivo, el cual parte de una realidad general a una particular, como es la procedencia del principio de oportunidad. En conclusión se puede decir que por razones del tiempo en que se realizaron muchas de las conductas de estos desmovilizados, se deberían trasgredir bajo el influjo de la normatividad de la ley 600 y por la carencia de identidad procesal entre el principio de oportunidad con la mencionada norma, no es posible argumentar dicha aplicación. Por el contrario esta actividad se debe enmarcar bajo la óptica acusatoria, que desarrollaría su aplicación y argumentación jurídica.