Aspectos positivos de la nueva reglamentación del divorcio en Barranquilla

En Colombia los cónyuges podrán divorciarse de manera rápida, el legislador con el solo propósito de descongestionar los despachos judiciales le dio la potestad a los notarios para efectuar el divorcio de mutuo acuerdo por medio de la ley 962 de 2005, conocida como ley antitramite vigente desde el 8...

Full description

Autores:
Gordon Wouldrow, Delis
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2007
Institución:
Corporación Universidad de la Costa
Repositorio:
REDICUC - Repositorio CUC
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repositorio.cuc.edu.co:11323/960
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/11323/960
https://repositorio.cuc.edu.co/
Palabra clave:
Matrimonio
Divorcio
Familia
Menores
Ley
Antitramite
Notarios
Juez
Cónyuge
Mutuo
Rights
openAccess
License
Atribución – No comercial – Compartir igual
Description
Summary:En Colombia los cónyuges podrán divorciarse de manera rápida, el legislador con el solo propósito de descongestionar los despachos judiciales le dio la potestad a los notarios para efectuar el divorcio de mutuo acuerdo por medio de la ley 962 de 2005, conocida como ley antitramite vigente desde el 8 de julio del mismo año, en su articulo 34 del Decreto 4436 de 2005, estableció la posibilidad de que el divorcio y la cesación de los efectos civiles para los matrimonios religiosos por mutuo acuerdo se tramiten ante notario es decir que actualmente son competentes para gestionar el divorcio por la causal 9ª del articulo 6º de la ley 25 de 1992, el juez de familia y el notario del circulo de los cónyuges. El primero a través del proceso de jurisdicción voluntaria y el segundo a través de escritura pública, la causal 9ª de divorcio se refiere al consentimiento de ambos cónyuges. El divorcio por mutuo acuerdo es la causal mas recomendada para dar por terminado el matrimonio conflictivo e irreconciliable y también es la menos traumática, cuando el divorcio es por mutuo para nada importa cual de los cónyuges fue responsable de la ruptura matrimonial; es una causal objetiva que no caduca. El divorcio y la cesación de los efectos civiles ante notario, producirán los mismos efectos que el decretado judicialmente, la intervención del defensor de familia en las notarias será solo cuando haya menores de edad, acuerdo que lleva la regulación de las visitas, custodia, y alimentos.