Régimen semiparlamentario francés aplicado a la legislación colombiana
La implementación de un Régimen Semiparlamentario, contribuiría a la reducción de la problemática que padece el Sistema Presidencial Colombiano. El presidente ocuparía un puesto destacado ya que es elegido por la mayoría absoluta de los votos emitidos por los electores y porque dispone de poderes co...
- Autores:
-
Pérez Solano, Jorge Mario
Arzuaga Martínez, Jorge Luis
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2007
- Institución:
- Corporación Universidad de la Costa
- Repositorio:
- REDICUC - Repositorio CUC
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repositorio.cuc.edu.co:11323/13156
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/11323/13156
https://repositorio.cuc.edu.co
- Palabra clave:
- Parlamento
Semiparlamento
Semipresidencial
Parlamentario
Primer Ministro
Jefe de Estado
Power Sharing
- Rights
- openAccess
- License
- Atribución-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional (CC BY-NC-SA 4.0)
Summary: | La implementación de un Régimen Semiparlamentario, contribuiría a la reducción de la problemática que padece el Sistema Presidencial Colombiano. El presidente ocuparía un puesto destacado ya que es elegido por la mayoría absoluta de los votos emitidos por los electores y porque dispone de poderes constitucionales decisivos, como el derecho a elegir al primer ministro. Pero el primer ministro también ocuparía un puesto relevante, ya que dirigiría la acción del Gobierno y ocuparía el centro operativo del aparato estatal. Presentándose a la vez, una cabeza o jefe del estado, que es el representante nominal de éste; y un jefe del gobierno, que es el ejecutivo real, es decir una dualidad. El Parlamento, además de desempeñar un papel significativo, siendo elegido de forma directa junto al Presidente, votando las leyes como cualquier parlamento democrático, tendría la posibilidad de dar una moción de aprobación en pleno para la posesión del Primer Ministro. Por eso, el Primer Ministro y el Gabinete, aunque sean nombrados por el presidente, han de ser aceptados por el Parlamento. Dejándole a éste ultimo su función constitucional de legislar y mantener sus atribuciones constitucionales actuales en cuanto a la competencia que tiene cada cámara en la radicación y presentación de proyectos de la naturaleza. No obstante, se consolidarían las mayorías parlamentarias con lo que se contribuiría a solucionar el principal problema de los regímenes presidenciales y semi-presidenciales: la gobernabilidad. Con ello también habría más fuerza de los partidos políticos y mayor fuerza para enfrentar las crisis de credibilidad. Y tan importante como lo anterior, la gobernabilidad se lograría sin poner en riesgo la estabilidad institucional –principal peligro de los regímenes parlamentarios-, toda vez que no habría posibilidad de revocar al Presidente. Por último, y tan importante como todo lo anterior, al igual que en el régimen parlamentario, se promoverían alternativas de oposición. |
---|