Responsabilidad del Estado por daños derivados de los implantes mamarios PIP (POLY IMPLANT PROTHESIS)

En este estudio se ha hecho un exhaustivo análisis de la responsabilidad extracontractual del Estado, se ha realizado un rastreo normativo, doctrinario y jurisprudencial del concepto y todo lo que este consagra. Para entender de este modo, las bases que dan lugar a la imputación del daño, bajo los d...

Full description

Autores:
Espinel Chaverra, Saúl Jr.
García Carmona, Andrés Felipe
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2020
Institución:
Universidad Autónoma Latinoamericana UNAULA
Repositorio:
Repositorio Institucional UNAULA
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repositorio.unaula.edu.co:123456789/1405
Acceso en línea:
http://repositorio.unaula.edu.co:4000/home
http://repositorio.unaula.edu.co:4000/handle/123456789/1405
Palabra clave:
Responsabilidad extracontractual del Estado
Implantes mamarios
Daño antijurídico (Derecho civil) - Colombia
Rights
openAccess
License
http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Description
Summary:En este estudio se ha hecho un exhaustivo análisis de la responsabilidad extracontractual del Estado, se ha realizado un rastreo normativo, doctrinario y jurisprudencial del concepto y todo lo que este consagra. Para entender de este modo, las bases que dan lugar a la imputación del daño, bajo los diferentes títulos de imputación consagrados en la legislación colombiana. El propósito es descender al estudio concreto de la responsabilidad estatal por la falla en el servicio en que incurrió INVIMA por la omisión en su deber de ejercer control y evaluar la calidad del producto, lo cual afectó a las personas con implantes mamarios PIP, máxime cuando los mismos recibieron el certificado por parte de esta entidad, siendo un producto médico quirúrgico, destinado a ser implantado en el cuerpo humano, basándose simplemente en el hecho de que en otros países se estaban comercializando, la irregularidad del presente caso se presentó, cuando dicha entidad de manera negligente, sin realizar ningún tipo de estudio ni prueba previa sobre la calidad de este producto otorgó y renovó dicho certificado de calidad generando de este modo con su actuar irregular un riesgo inminente en la salud individual y colectiva de los colombianos que adquirieran dicho producto estético. Se advierte que en Colombia aún falta un pronunciamiento de fondo y conclusivo de la Jurisdicción Contencioso Administrativa frente a la existencia o no de responsabilidad en el caso mencionado, por cuanto la discusión se ha centrado y truncado en el término de la caducidad para promover la demanda de reparación directa.