La notificación personal en la jurisdicción contenciosa administrativa de los particulares que deban estar o estén inscritos en el registro mercantil
Este trabajo está orientado a conocer los elementos objetivos utilizados por algunos Juzgados Administrativos al momento de notificar al demandado, luego de la entrada en vigencia de la Ley 1437 de 2011 y de la ley 1564 de 2012, pues se ha evidenciado que la forma de notificar a los particulares que...
- Autores:
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Restrepo Betancur, Santiago
Vélez Tamayo, Cynthia Camila
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2017
- Institución:
- Universidad Autónoma Latinoamericana UNAULA
- Repositorio:
- Repositorio Institucional UNAULA
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repositorio.unaula.edu.co:123456789/287
- Acceso en línea:
- http://repositorio.unaula.edu.co:4000/home
http://repositorio.unaula.edu.co:4000/handle/123456789/287
- Palabra clave:
- Industria y comercio
Registro mercantil
Sociedad comercial
- Rights
- closedAccess
- License
- http://purl.org/coar/access_right/c_14cb
Summary: | Este trabajo está orientado a conocer los elementos objetivos utilizados por algunos Juzgados Administrativos al momento de notificar al demandado, luego de la entrada en vigencia de la Ley 1437 de 2011 y de la ley 1564 de 2012, pues se ha evidenciado que la forma de notificar a los particulares que deban estar o estén inscritos en el registro mercantil que figuran como demandados no está sujeta a un procedimiento objetivo, sino que obedece a la discreción del juez administrativo, generando cambios en los términos de notificación del demandado y sobre todo en el término para contestar la demanda, generando confusión entre los profesionales del derecho. |
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