Aporte de los Decretos 560 y 772 de 2020 al proceso de reorganización empresarial de la Ley 1116 de 2006
El sistema concursal debe ser una institución capaz de generar un ambiente de confianza y seguridad para impulsar la dinámica económica. Es por eso que el mecanismo de reorganización empresarial tiene como finalidad la recuperación de empresas que presentan problemas de insolvencia y la protección d...
- Autores:
-
Arcila Arango, Edwin Fernando
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2023
- Institución:
- Universidad Autónoma Latinoamericana UNAULA
- Repositorio:
- Repositorio Institucional UNAULA
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repositorio.unaula.edu.co:123456789/2989
- Acceso en línea:
- http://repositorio.unaula.edu.co:4000/home
http://repositorio.unaula.edu.co:4000/handle/123456789/2989
- Palabra clave:
- Reorganización empresarial (Derecho comercial)
Decreto 560 de 2020
Decreto 772 de 2020
Ley 1116 de 2006
Proceso de reorganización empresarial (Derecho comercial)
Derecho comercial
Análisis económico del derecho
- Rights
- openAccess
- License
- http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Summary: | El sistema concursal debe ser una institución capaz de generar un ambiente de confianza y seguridad para impulsar la dinámica económica. Es por eso que el mecanismo de reorganización empresarial tiene como finalidad la recuperación de empresas que presentan problemas de insolvencia y la protección de los intereses de los acreedores. En el ámbito del régimen concursal se encuentran como partes procesales el deudor y los acreedores, quienes actúan bajo la lógica y la racionalidad económica buscando siempre la maximización de sus beneficios. También participan en el proceso concursal la superintendencia de sociedades que funge como director del proceso de reorganización empresarial y le corresponde en compañía del auxiliar de la justicia, garantizar los derechos de las partes y mediar o procurar que la toma de decisiones se direccione hacia la eficiencia económica con el menor costo social. Así las cosas, se tiene que los actores concursales envueltos en diferentes actos jurídicos hacen sus análisis y toman sus decisiones con bases en criterios económicos, entonces el análisis económico del derecho (AED) desde el punto de vista concursal, se convierte en una herramienta importante para analizar las conductas empresariales bajo las limitaciones o exigencias de la norma y así evaluar qué tanto las reglas jurídicas están alcanzando sus pretensiones. En la presente investigación se hace énfasis en el deber del legislador de procurar que la oferta legislativa sea una alternativa eficiente para que los agentes económicos resuelvan sus conflictos, y en que los decretos legislativos transitorios 560 y 772 de 2020, que llegan al sistema concursal en razón a la pandemia generada por el Coronavirus COVID-19, deben ser tenidos en cuenta para ajustar el régimen concursal vigente conforme a nuevas conductas económicas y sociales y así acercar al sistema al logro de sus objetivos de manera más eficiencia. |
---|