Incurre en falta disciplinaria un ciudadano que habiendo sido condenado a pena privativa de la libertad por delito doloso toma posesión del cargo de concejal

claramente delimitada por el artículo 6o de La Constitución Política, cuando enuncia que, “los particulares sólo son responsables ante las autoridades por infringir la Constitución y las leyes. Los servidores públicos lo son por la misma causa y por omisión o extralimitación en el ejercicio de sus f...

Full description

Autores:
Jaramillo Ospina, Ana Lucia
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2013
Institución:
Universidad Autónoma Latinoamericana UNAULA
Repositorio:
Repositorio Institucional UNAULA
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repositorio.unaula.edu.co:123456789/341
Acceso en línea:
http://repositorio.unaula.edu.co:4000/home
http://repositorio.unaula.edu.co:4000/handle/123456789/341
Palabra clave:
Servidor público
Sanción administrativa
Rights
closedAccess
License
http://purl.org/coar/access_right/c_14cb
Description
Summary:claramente delimitada por el artículo 6o de La Constitución Política, cuando enuncia que, “los particulares sólo son responsables ante las autoridades por infringir la Constitución y las leyes. Los servidores públicos lo son por la misma causa y por omisión o extralimitación en el ejercicio de sus funciones”, dicho precepto nos conduce a que la conducta de los seres humanos esta cobijada por diferentes esferas de responsabilidad, es así como un ciudadano común y corriente que por circunstancias del destino se vea incurso como sujeto activo de un delito de hurto, podría verse abocado a una condena penal privativa de la libertad que eventualmente le podría traer una inhabilidad para inscribirse y ejercer el cargo de concejal