Proyecto de investigación : línea jurisprudencial

Nuestro código civil define la figura de la lesión enorme en su artículo 1947° ‘’El vendedor sufre lesión enorme cuando el precio que recibe es inferior a la mitad del justo precio de la cosa que vende; y el comprador a su vez sufre lesión enorme, cuando el justo precio de la cosa que compra es infe...

Full description

Autores:
Sánchez Vergara, Sara Melissa
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2015
Institución:
Universidad Autónoma Latinoamericana UNAULA
Repositorio:
Repositorio Institucional UNAULA
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repositorio.unaula.edu.co:123456789/786
Acceso en línea:
http://repositorio.unaula.edu.co:4000/home
http://repositorio.unaula.edu.co:4000/handle/123456789/786
Palabra clave:
Jurisprudencia - Colombia
Rights
closedAccess
License
http://purl.org/coar/access_right/c_14cb
Description
Summary:Nuestro código civil define la figura de la lesión enorme en su artículo 1947° ‘’El vendedor sufre lesión enorme cuando el precio que recibe es inferior a la mitad del justo precio de la cosa que vende; y el comprador a su vez sufre lesión enorme, cuando el justo precio de la cosa que compra es inferior a la mitad del precio que paga por ella. El justo precio se refiere al tiempo del contrato’’. En Colombia la figura de la lesión enorme ha sido de rasgo objetivo, quiere decir, que dicha figura se configura con el desequilibrio económico existente en las prestaciones ya sea para el vendedor o para el comprador, teniendo en cuenta que ese desequilibrio económico siempre será mirado respecto del rasero del justo precio de la cosa que es vendida o pagada