Naturaleza probatoria del correo electrónico y el whatsapp en Colombia

Colombia en el año de 1999, siguiendo las recomendaciones de la Comisión de las naciones unidas para el derecho mercantil internacional (CNUDMI), expide la ley 527 para hacer frente a las realidades jurídicas y sociales generadas en el mundo con la estandarización de la red (World Wide Web) y el cor...

Full description

Autores:
Ramos Escobar, Hernán Arvey
Restrepo García, Carlos Humberto
Pastor Álvarez, Jorge Iván
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2021
Institución:
Institución Universitaria Politécnico Grancolombiano
Repositorio:
Alejandría Repositorio Institucional
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:alejandria.poligran.edu.co:10823/2136
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/10823/2136
Palabra clave:
Trabajo de Grado - Pregrado
Documento Electrónico
Firma Electrónica
Validez Probatoria
Evolución Jurisprudencial
Research Subject Categories::LAW/JURISPRUDENCE
Degree Work - Undergraduate
Electronic Document
Electronic signature
Evidentiary validity
Jurisprudential Evolution
Rights
License
openAccess
Description
Summary:Colombia en el año de 1999, siguiendo las recomendaciones de la Comisión de las naciones unidas para el derecho mercantil internacional (CNUDMI), expide la ley 527 para hacer frente a las realidades jurídicas y sociales generadas en el mundo con la estandarización de la red (World Wide Web) y el correo electrónico (email), donde se definía y equiparaba los documentos electrónicos y su correspondiente valor probatorio al de cualquier documento impreso o en papel. Este artículo describe una línea de tiempo con los hechos más significativos de la evolución legislativa y jurisprudencial en Colombia desde ese momento hasta la actualidad, en época de pandemia, para describir el valor probatorio de los documentos electrónicos como el WhatsApp o el email, y evidenciar que no ha sido pacífica su interpretación, bien con el carácter de plena prueba documental o simplemente como prueba indiciaria. Tal vez llegó el momento de actualizar con claridad nuestra legislación a los nuevos tiempos. Desde la llegada de las herramientas digitales, visibilizadas mucho más con la obligada virtualidad a consecuencia del coronavirus, el mundo no volverá a ser igual y el Derecho no es una excepción. Es este el hilo conductor que guía el presente escrito.