LOS PRINCIPIOS DE DISTINCIÓN Y PROPORCIONALIDAD EN EL MARCO DE LA RESPONSABILIDAD PENAL INTERNACIONAL INDIVIDUAL –CONTENIDO Y PROBLEMÁTICA–
Este artículo busca ilustrar cómo los Principios de Distinción y Proporcionalidad, provenientes de un conglomerado de normas primarias (Derecho Internacional Humanitario, DIH), han influenciado el sistema de responsabilidad penal internacional, consagrado en el Estatuto de Roma. Se observa que aun c...
- Autores:
- Tipo de recurso:
- article
- Fecha de publicación:
- 2009
- Institución:
- Pontificia Universidad Javeriana
- Repositorio:
- Repositorio Universidad Javeriana
- Idioma:
- eng
- OAI Identifier:
- oai:repository.javeriana.edu.co:10554/26175
- Acceso en línea:
- http://revistas.javeriana.edu.co/index.php/internationallaw/article/view/13868
http://hdl.handle.net/10554/26175
- Palabra clave:
- International Criminal Court; Criminal liability; International Humanitarian Law; Combatants and noncombatants; International Criminal Court; Criminal Responsibility; International Humanitarian Law; Distinction between Civilians and Combatants
Corte Penal Internacional, Responsabilidad penal, Derecho internacional humanitario, Combatientes y no combatientes (Derecho internacional); distinción entre civiles y combatientes; Principio de Proporcionalidad
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- openAccess
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Summary: | Este artículo busca ilustrar cómo los Principios de Distinción y Proporcionalidad, provenientes de un conglomerado de normas primarias (Derecho Internacional Humanitario, DIH), han influenciado el sistema de responsabilidad penal internacional, consagrado en el Estatuto de Roma. Se observa que aun cuando este último contiene provisiones legales que reprochan conductas de tipo indiscriminado, hay un vacío relacionado con el significado y la extensión de dichos comportamientos; dicha problemática se explica, de un lado, por la reticencia que tienen los Estados en comprometer su soberanía y, del otro, por las especificidades de la función punitiva de la Corte. Las consecuencias prácticas de esta situación se pueden apreciar en el escenario de los conflictos armados internos, ya que la mayoría de éstos se desarrolla en este ámbito. A pesar de un diagnóstico pesimista, debe señalarse que el mero hecho de que una corte penal permanente haya emergido como una realidad tangible constituye unaganancia, ya que es mediante su actividad –la producción de jurisprudencia que establezca el contenido y alcance de las normas– que los inconvenientes pueden ser confrontados y resueltos. |
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