LA RELACIÓN USUARIO/CILINDRO EN EL NUEVO ESQUEMA PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DOMICILIARIO DE GAS LICUADO DE PETRÓLEO “GLP”

La presente investigación tiene por objeto revisar el vacío legal y reglamentario existente en el servicio público domiciliario de gas licuado de petróleo a partir de la expedición de la Ley 1151 de 2007 y su consecuente instrumentalización con las Resoluciones creg 023 y 045 de 2008. Después de rea...

Full description

Autores:
Tipo de recurso:
article
Fecha de publicación:
2012
Institución:
Pontificia Universidad Javeriana
Repositorio:
Repositorio Universidad Javeriana
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.javeriana.edu.co:10554/32169
Acceso en línea:
http://revistas.javeriana.edu.co/index.php/vnijuri/article/view/14274
http://hdl.handle.net/10554/32169
Palabra clave:
Servicio público; servicio público domiciliario de gas combustible; Gas Licuado de Petróleo “glp”; usuario, cilindro; contrato de condiciones uniformes y Comisión de Regulación de Energía y Gas; creg
Public Service; Public Domiciliary Service; Propane Gas; User; Cylinder; Uniform Condition Contract and creg
Rights
openAccess
License
Copyright (c) 2012 Vniversitas
Description
Summary:La presente investigación tiene por objeto revisar el vacío legal y reglamentario existente en el servicio público domiciliario de gas licuado de petróleo a partir de la expedición de la Ley 1151 de 2007 y su consecuente instrumentalización con las Resoluciones creg 023 y 045 de 2008. Después de realizar algunas reflexiones sobre el significado de servicio pú- blico, servicio público domiciliario y el marco regulatorio de este último, se centra esta investigación en mostrar las particularidades de la nueva regulación expedida por la creg, buscando determinar en virtud de qué contrato o negocio jurídico se entrega a los usuarios el cilindro cargado con glp por parte de la empresa prestadora del servicio, llegando a la conclusión que la relación entre el usuario de glp y el cilindro es una mera tenencia, determinada como un elemento natural al contrato de condiciones uniformes, en virtud de la cual se satisface tanto el interés privado como público que existe en la prestación de los servicios públicos domiciliarios.