APLICACIÓN DIRECTA DE LA CONVENCIÓN DE NACIONES UNIDAS SOBRE LOS CONTRATOS DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL DE MERCADERÍAS

En el presente artículo, el autor se refiere al ámbito de aplicación geográfico de la Convención de Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1.1. a). Dicha norma establece que la Convención se aplicará en los eventos...

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Autores:
Tipo de recurso:
article
Fecha de publicación:
2004
Institución:
Pontificia Universidad Javeriana
Repositorio:
Repositorio Universidad Javeriana
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.javeriana.edu.co:10554/26095
Acceso en línea:
http://revistas.javeriana.edu.co/index.php/internationallaw/article/view/14110
http://hdl.handle.net/10554/26095
Palabra clave:
International sale of goods; geographic sphere of application; place of business
Compraventa internacional de mercaderías, ámbito de aplicación geográfica, establecimiento.
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openAccess
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Copyright (c) 2016 Jorge Oviedo Albán
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Summary:En el presente artículo, el autor se refiere al ámbito de aplicación geográfico de la Convención de Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1.1. a). Dicha norma establece que la Convención se aplicará en los eventos en que las partes del contrato tengan su establecimiento en estados diferentes, cuando esos estados sean estados contratantes. Igualmente se refiere a los conceptos establecimiento, establecimientos múltiples y ausencia de establecimiento.