La potestad ejecutiva o administrativa del vicario general en la iglesia particular

El capítulo primero contiene una detallada presentación de la potestad vicaria en los orígenes bíblicos y eclesiológicos, cuyo método histórico evidencia la forma en que esa potestad está íntimamente ligada al plan divino de la salvación que, a su vez, se amalgama entre la tradición eclesial y la le...

Full description

Autores:
Tipo de recurso:
masterThesis
Fecha de publicación:
2020
Institución:
Pontificia Universidad Javeriana
Repositorio:
Repositorio Universidad Javeriana
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.javeriana.edu.co:10554/48245
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/10554/48245
https://doi.org/10.11144/Javeriana.10554.48245
Palabra clave:
Potestad vicaria
Derecho
Vicario general
Derecho canónico
Potestad ejecutiva
Vicar general
Vicarious power
Canon law
Executive power
Maestría en derecho canónico - Tesis y disertaciones académicas
Derecho canónico
Vicarios generales - Colombia
Potestad reglamentaria - Colombia
Rights
openAccess
License
Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 Internacional
Description
Summary:El capítulo primero contiene una detallada presentación de la potestad vicaria en los orígenes bíblicos y eclesiológicos, cuyo método histórico evidencia la forma en que esa potestad está íntimamente ligada al plan divino de la salvación que, a su vez, se amalgama entre la tradición eclesial y la legislación canónica. En el capítulo segundo se dedica al estudio de la potestad vicaria, específicamente a la potestad ejecutiva o administrativa del vicario general en la Iglesia diocesana, mediante un método comparativo que aborda: la Sagrada Escritura, el magisterio eclesial y los cánones de la legislación establecida en los códigos de Derecho Canónico de 1917 y 1983. En el capítulo tercero, el método exegético permite indagar cuál es el origen del vicario general, en la estructura jerárquica, los requisitos para su nombramiento, sus funciones en el ejercicio de la potestad encomendada como participación, en la capitalidad del obispo diocesano, y quienes, en derecho, se equiparan a él (cfr. can. 368).