¿Sin desdoblamiento funcional? La elusión del derecho internacional de los derechos humanos de vanguardia en España: estrategias y paralelismos judiciales

De acuerdo con la decisión del Tribunal Supremo en el caso Garzón-Memoria Histórica, los crímenes del franquismo no pueden ser investigados en España. La sentencia ofreció el ejemplo inusual de una jurisdicción penal nacional poco receptiva al Derecho Internacional de los Derechos Humanos de vanguar...

Full description

Autores:
Tipo de recurso:
article
Fecha de publicación:
2013
Institución:
Pontificia Universidad Javeriana
Repositorio:
Repositorio Universidad Javeriana
Idioma:
eng
OAI Identifier:
oai:repository.javeriana.edu.co:10554/25855
Acceso en línea:
http://revistas.javeriana.edu.co/index.php/internationallaw/article/view/13635
http://hdl.handle.net/10554/25855
Palabra clave:
derecho internacional de los derechos humanos; derecho penal internacional; amnistía, nullum crimen sine lege; relación entre derecho internacional y derecho interno de los Estados; derechos humanos progresivos; comunicación transjudicial; amnistías
human rights law, international criminal law, amnesty, nullum crimen sine lege, relationship between international, domestic law; “progressive” human rights law; trans-judicial communication; amnesties; principle of criminal legality; domestic legal syst
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openAccess
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Copyright (c) 2016 Asier Garrido Muñoz
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Summary:De acuerdo con la decisión del Tribunal Supremo en el caso Garzón-Memoria Histórica, los crímenes del franquismo no pueden ser investigados en España. La sentencia ofreció el ejemplo inusual de una jurisdicción penal nacional poco receptiva al Derecho Internacional de los Derechos Humanos de vanguardia, que se vio forzada a pronunciarse en detalle sobre las construcciones progresistas del juez Garzón. Desde un punto de vista jurídico, la decisión es sumamente interesante debido al uso de cuatro estrategias judiciales que permitieron sortear todo tipo de razonamiento vanguardista: cierre, circunvención cronológica, interpretación errónea y reconocimiento parcial. Una aproximación comparativa de la utilización de estas estrategias que, a su vez, considere decisiones similares con relevancia transicional –principalmente de cortes nacionales latinoamericanas– puede ofrecer luz sobre la metodología empleada por los jueces nacionales en lo que respecta a la evaluación de las fuentes de Derecho Internacional. En este punto debe afirmarse que, a pesar de sus deméritos, la sentencia no puede calificarse meramente como chauvinista: subraya los límites inherentes a la comunicación transjudicial en materia de derecho penal internacional y apunta a una serie de incertidumbres que acompañan al Derecho Internacional de los Derechos Humanos de vanguardia.