El pago de mesadas pensionales durante la huelga en bancos

El presente escrito busca realizar un análisis sobre la posibilidad de mantener el funcionamiento de las dependencias encargadas del pago de las mesadas pensionales al interior de un banco, en aplicación del artículo 449 del Código Sustantivo del Trabajo, durante el desarrollo de una huelga, teniend...

Full description

Autores:
Tipo de recurso:
masterThesis
Fecha de publicación:
2020
Institución:
Pontificia Universidad Javeriana
Repositorio:
Repositorio Universidad Javeriana
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.javeriana.edu.co:10554/51316
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/10554/51316
https://doi.org/10.11144/Javeriana.10554.51316
Palabra clave:
Huelga
Bancos
Contrato de cuenta de ahorro
Protección especial a los pensionados
Pago de mesadas pensionales
Derechos de los huelguistas
Strike
Banks
Savings account contract
Special protection for pensioners
Payment of retirement pension
Strikers' rights
Maestría en derecho laboral y de la seguridad social - Tesis y disertaciones académicas
Derecho a la huelga
Bancos - Colombia
Huelgas - Legislación - Colombia
Pensiones - Aspectos jurídicos - Colombia
Rights
openAccess
License
Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 Internacional
Description
Summary:El presente escrito busca realizar un análisis sobre la posibilidad de mantener el funcionamiento de las dependencias encargadas del pago de las mesadas pensionales al interior de un banco, en aplicación del artículo 449 del Código Sustantivo del Trabajo, durante el desarrollo de una huelga, teniendo en cuenta la naturaleza de los contratos de cuenta de ahorros y de cuenta corriente, suscritos en virtud de los convenios a los que se refiere el inciso 2 del artículo 2 de la Ley 700 de 2001, existentes entre los bancos y los pagadores de pensiones para el reconocimiento de mesadas pensionales. Para el análisis, se revisará la naturaleza del vínculo jurídico que une a los pensionados con los bancos, así como la especial protección de la cual gozan las personas de la tercera edad, conforme al parágrafo 2 del artículo 5 de la Ley 700 de 2001, en unión con el inciso I del artículo 46 de la Constitución Política de Colombia y la viabilidad Constitucional y normativa de las restricciones al derecho de huelga, sobre la base del contenido del artículo 64 de la Ley 50 de 1990 que subrogó el artículo 449 del Código Sustantivo de Trabajo. De esta manera, se realizará un análisis reflexivo y crítico sobre los alcances de las disposiciones relacionadas con el pago de las mesadas pensionales durante el ejercicio del derecho de huelga en una entidad bancaria.