Seguro de crédito financiero

otorguen un seguro para garantizar a los establecimientos de crédito por elincumplimiento de las obligaciones de sus deudores, está contenida en el Concepto 1999002103-1 de febrero 18 de 1999 emitido por la entonces Superintendencia Bancaria de Colombia, de acuerdo con el cual los seguros que ampare...

Full description

Autores:
Tipo de recurso:
article
Fecha de publicación:
2010
Institución:
Pontificia Universidad Javeriana
Repositorio:
Repositorio Universidad Javeriana
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.javeriana.edu.co:10554/27523
Acceso en línea:
http://revistas.javeriana.edu.co/index.php/iberoseguros/article/view/15077
http://hdl.handle.net/10554/27523
Palabra clave:
Insurancecompanies; debtais; default; insolvency; guarantee; insolvency; credit insurance; financial insurance
Entidades aseguradoras; deudores; incumplimiento; insolvencia; garantía; insolvencia; seguro de crédito; seguro financiero
Rights
openAccess
License
Copyright (c) 2010 Revista Ibero-Latinoamericana de Seguros
Description
Summary:otorguen un seguro para garantizar a los establecimientos de crédito por elincumplimiento de las obligaciones de sus deudores, está contenida en el Concepto 1999002103-1 de febrero 18 de 1999 emitido por la entonces Superintendencia Bancaria de Colombia, de acuerdo con el cual los seguros que amparen la insolvencia del deudor están prohibidos en Colombia. En el presente artículo se analiza la posición de la Superintendencia Bancaria, a la luz de los antecedentes legislativos de este seguro en Colombia, para concluir que los seguros que amparen la insolvencia de los deudores de créditos otorgados por entidades financieras no están prohibidos en el país.De acuerdo a lo antes expuesto, se efectúa un análisis comparativo del seguro de crédito financiero respecto de otras figuras que buscan proteger el patrimonio de los acreedores y que presentan características similares con dicho seguro, con el propósito de que el lector pueda descubrir si ellas cubren completamente el ámbito que podría cubrir el seguro de crédito financiero o si, por el contrario, éste puede entrar a amparar necesidades aún descubiertas por los productos actualmente existentes.