DEGRADACIÓN AMBIENTAL Y ABUSOS DE LOS DERECHOS HUMANOS: ¿CONFIERE LA CONVENCIÓN DE REFUGIADOS PROTECCIÓN A LOS REFUGIADOS AMBIENTALES?
El impacto de las compañías multinacionales en los territorios indígenas está generando una nueva categoría de víctimas, los refugiados ambientales. Los involuntarios movimientos migratorios por causa de la degradación del medio ambiente están afectando diariamente a millones de personas alrededor d...
- Autores:
- Tipo de recurso:
- article
- Fecha de publicación:
- 2007
- Institución:
- Pontificia Universidad Javeriana
- Repositorio:
- Repositorio Universidad Javeriana
- Idioma:
- eng
- OAI Identifier:
- oai:repository.javeriana.edu.co:10554/25960
- Acceso en línea:
- http://revistas.javeriana.edu.co/index.php/internationallaw/article/view/13957
http://hdl.handle.net/10554/25960
- Palabra clave:
- environmental refugees; international legal instruments; multinational companies; new interpretation of the Refugee Convention; Refugee Convention
compañías multinacionales; Convención sobre el Estatuto de los Refugiados; instrumentos y mecanismos legales de protección; nueva interpretación de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados; refugiados ambientales
- Rights
- openAccess
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- Copyright (c) 2016 ROCCA SALCEDO MESA
Summary: | El impacto de las compañías multinacionales en los territorios indígenas está generando una nueva categoría de víctimas, los refugiados ambientales. Los involuntarios movimientos migratorios por causa de la degradación del medio ambiente están afectando diariamente a millones de personas alrededor del mundo. El acelerado desarrollo de las compañías transnacionales ocasiona la significativa violación de derechos fundamentales, tales como los derechos a la vida y la salud, de uno de los grupos más vulnerables en la sociedad, los indígenas. Los refugiados ambientales no tienen un estatus oficialmente reconocido, y por ende carecen de protección legal. Este artículo cuestiona el vacío legislativo y por ende la falta de protección a la que se ven enfrentados los refugiados ambientales que son víctimas de la indiscriminada intervención de las empresas multinacionales. Es obligación de la Comunidad Internacional extender la definición acerca del concepto que se tiene de refugiado, para así contemplar y proteger a los indígenas que se ven afectados por la amenazante intervención de las compañías multinacionales en sus resguardos. Es menester, para aquellos que defendemos los derechos humanos, clamar por una interpretación que, de conformidad con la Convención de Viena, se adapte a las circunstancias actuales y que efectivamente sea un instrumento legislativo que se adecue y defienda los derechos de las víctimas que cruzan fronteras en busca de estabilidad, tal como lo proclaman los objetivos y propósitos que linearon la filosofía de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados. |
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