Derecho a la salud de la población desplazada: el caso de las mujeres del Auto 092, medellín, antioquia
Medellín es la segunda ciudad receptora de población desplazada por el conflicto armado en el país, y, aunque la violencia sexual en este contexto es un crimen de Estado, de lesa humanidad que no prescribe, el país apenas está iniciando las acciones para abordar la problemática junto con los proceso...
- Autores:
- Tipo de recurso:
- article
- Fecha de publicación:
- 2010
- Institución:
- Pontificia Universidad Javeriana
- Repositorio:
- Repositorio Universidad Javeriana
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.javeriana.edu.co:10554/25186
- Acceso en línea:
- http://revistas.javeriana.edu.co/index.php/gerepolsal/article/view/2617
http://hdl.handle.net/10554/25186
- Palabra clave:
- Rights
- openAccess
- License
- Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 Internacional
Summary: | Medellín es la segunda ciudad receptora de población desplazada por el conflicto armado en el país, y, aunque la violencia sexual en este contexto es un crimen de Estado, de lesa humanidad que no prescribe, el país apenas está iniciando las acciones para abordar la problemática junto con los procesos de reparación, restitución y no repetición, desde un enfoque diferencial, y desde la mirada género-sensible. Es muy importante abordar la violencia sexual por actores de conflicto armado desde el reconocimiento de la salud como derecho humano fundamental y desde la mirada génerosensible y socio-sanitaria. Sin embargo, en lo avanzado hasta ahora se puede afirmar que las garantías esenciales del derecho que tienen estas mujeres en su condición de víctimas apenas alcanzan a ser administrativas, que corren un alto riesgo de ser revictimizadas en un proceso donde las diferentes instancias gubernamentales, entre ellas las de salud encargadas de su atención, no guardan los mínimos protocolos de atención en las circunstancias particulares de estas mujeres. |
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