LA REFORMA DEL DERECHO DE OBLIGACIONES EN EL CÓDIGO CIVIL DE 1984
En el presente estudio, el autor se refiere a algunas reformas propuestas al Código Civil peruano de 1984 en materia de derecho de obligaciones, presentadas a la Comisión Reformadora del Código Civil de dicho país, de la cual es integrante.En el primer capítulo, el autor se refiere a algunas precisi...
- Autores:
- Tipo de recurso:
- article
- Fecha de publicación:
- 2003
- Institución:
- Pontificia Universidad Javeriana
- Repositorio:
- Repositorio Universidad Javeriana
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.javeriana.edu.co:10554/32759
- Acceso en línea:
- http://revistas.javeriana.edu.co/index.php/vnijuri/article/view/14845
http://hdl.handle.net/10554/32759
- Palabra clave:
- Código Civil de Perú de 1984; derecho de obligaciones; derecho de contratos; responsabilidad civil; Comisión reformadora del Código Civil
Peruvian Civil Code of 1984; Obligations; Contracts; Torts; Commission for the Reform of the Civil Code
- Rights
- openAccess
- License
- Copyright (c) 2003 Vniversitas
Summary: | En el presente estudio, el autor se refiere a algunas reformas propuestas al Código Civil peruano de 1984 en materia de derecho de obligaciones, presentadas a la Comisión Reformadora del Código Civil de dicho país, de la cual es integrante.En el primer capítulo, el autor se refiere a algunas precisiones relacionadas con la organización sistemática del Código, que según afirma, es una de las reformas que deben hacerse. Los temas que propone reorganizar, tiene que ver con el concepto de obligación, clases, efectos y responsabilidad civil, entre otros.En el segundo capítulo “Precisiones terminológicas”, el autor analiza algunas “calificaciones impropias” contenidas en el Código vigente indicando las precisiones que considera, deben introducirse.En la tercera parte se describen algunas materias que se propone sean objeto de regulación, tales como las obligaciones con prestaciones de dar bienes fungibles; las mejoras naturales y artificiales que pueden incorporarse al bien objeto de la prestación de dar; entre el momento de contraerse la obligación y hasta la entrega del bien; la obligación con prestación subsidiaria; la obligación propiamente mancomunada; las obligaciones disyuntivas o subjetivamente alternativas.Finalmente, en el cuarto capítulo, indica el autor, algunas propuestasespecíficas de reforma, relacionadas con: la elección en el ámbito de lasobligaciones con prestación de dar un bien incierto y con prestaciones alternativas; la duda sobre si la obligación es alternativa o facultativa; responsabilidad por incumplimiento en las obligaciones indivisibles y solidarias; reglas aplicables cuando la obligación es indivisible y solidaria; presunción de solidaridad pasiva; constitución en mora en la deuda y crédito solidarios; suspensión y renuncia de la prescripción en la deuda y crédito solidarios; unificación del régimen de los intereses por mora en defecto de pacto; pago por consignación; dación en pago; condonación y mora.El estudio está soportado además, en citas de doctrinantes de diferentes latitudes y referencias a legislaciones extranjeras, como es el caso de los códigos civiles francés, brasileño, chileno, colombiano, ecuatoriano, uruguayo, español, alemán, argentino, italiano de 1942, venezolano de 1942, portugués de 1967, boliviano de 1975, paraguayo de 1987, Código libanés de las obligaciones y de los contratos, los códigos mexicanos, como los del distrito federal, Quintana Roo y Jalisco, Costa Rica, Guatemala, Bolivia, códigos civiles de Perú de 1936 y 1984. |
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