El valor jurídico de las recomendaciones de los comités de derechos humanos y el bloque de constitucionalidad

Este artículo trata respetuosamente de comentar el Editorial de 16 International Law, Revista Colombiana de Derecho Internacional, de la universidad javeriana, en el que se sostiene la tesis de que las “recomendaciones” –que llama “interpretaciones autorizadas”– que hacen algunos órganos convenciona...

Full description

Autores:
Tipo de recurso:
article
Fecha de publicación:
2011
Institución:
Pontificia Universidad Javeriana
Repositorio:
Repositorio Universidad Javeriana
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.javeriana.edu.co:10554/26061
Acceso en línea:
http://revistas.javeriana.edu.co/index.php/internationallaw/article/view/13763
http://hdl.handle.net/10554/26061
Palabra clave:
Separación de poderes; buena fe (Derecho); Estados de Excepción; bloque de constitucionalidad; ratificación e interpretación tratados, buena fe; recomendaciones; interpretaciones autorizadas
Separation of powers; Good faith (Law); Emergency legislation; constitutional block; ratification and interpretation of treaties; good faith; suspension of guarantees in case of emergency or public danger; recommendations; authorized interpretations
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openAccess
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Copyright (c) 2016 Rafael Nieto Navia
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Summary:Este artículo trata respetuosamente de comentar el Editorial de 16 International Law, Revista Colombiana de Derecho Internacional, de la universidad javeriana, en el que se sostiene la tesis de que las “recomendaciones” –que llama “interpretaciones autorizadas”– que hacen algunos órganos convencionales en tratados de derechos humanos de los que Colombia es parte, deberían ser consideradas por la Corte Constitucional como “estándar mínimo ‘obligatorio’” en aplicación del bloque de constitucionalidad.1 En la opinión del autor de este artículo, esa tesis está equivocada.