Análisis crítico de la interpretación del deber de diligencia de las sociedades fiduciarias, como presupuesto para declarar su responsabilidad fiscal por razón de la administración de recursos públicos: una mirada desde los fallos o laudos proferidos por los jueces o árbitros, desde el 2000 al 2022

El centro de la institución fiduciaria es la bona fides, lo que hizo que la fiducia se concibiera inicialmente como una sustitución fideicomisaria y posteriormente se ubicará como una garantía en el que el desempeño de la función encomendada debe ser diligente y enfocarse en el logro del fin propues...

Full description

Autores:
Tipo de recurso:
masterThesis
Fecha de publicación:
2022
Institución:
Pontificia Universidad Javeriana
Repositorio:
Repositorio Universidad Javeriana
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.javeriana.edu.co:10554/62095
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/10554/62095
https://doi.org/10.11144/Javeriana.10554.62095
Palabra clave:
Fiducia
Responsabilidad civil
Obligaciones de medio y de resultado
Daño patrimonial
Conducta dolosa o gravemente culposa del fiduciario
Contrato de fiducia como medio nexo causal entre el daño patrimonial y la conducta dolosa o gravemente culposa del fiduciario
Deber de diligencia
Fiduciary
Obligations of means and of result
Property damage
Willful or grossly negligent conduct of the fiduciay companies
Duty of care
Civil liability
Fiduciary contract as a causal link between the property damage and the willful or grossly negligent conduct of the fiduciay companies
Maestría en derecho administrativo - Tesis y disertaciones académicas
Responsabilidad civil - Colombia
Fiducia - Aspectos jurídicos - Colombia
Contratos - Aspectos jurídicos - Colombia
Rights
openAccess
License
Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 Internacional
Description
Summary:El centro de la institución fiduciaria es la bona fides, lo que hizo que la fiducia se concibiera inicialmente como una sustitución fideicomisaria y posteriormente se ubicará como una garantía en el que el desempeño de la función encomendada debe ser diligente y enfocarse en el logro del fin propuesto con el negocio fiduciario. Esta figura ha sido vastamente desarrollada en el sistema jurídico, especialmente en el colombiano, lo cual ha hecho que los elementos personales y reales que se advierten en la misma cimienten los principios que deben observarse en la estructuración, ejecución y liquidación de los negocios fiduciarios, desde que los mismos eran desarrollados por una sección fiduciaria de los establecimientos bancarios hasta pasar a ser desarrollados por sociedades especializadas, como funciona actualmente. En lo que respecta a la administración de negocios fiduciarios públicos se advierte que se está en presencia de estos siempre que los recursos públicos administrados sean aportados directa o indirectamente por las entidades estatales o terceros, contratistas del estado, y lo que hace que sea válido preguntarse si las fiduciarias puedan ser catalogadas como gestores fiscales y endilgarles su responsabilidad fiscal por el incumplimiento de su deber legal e indelegable de diligencia, aspecto que se analiza y desarrolla en la presente investigación, y frente al cual se puede advertir que las fiduciarias son responsables fiscales a título de culpa grave, bajo un parámetro de responsabilidad adecuado un buen hombre de negocios y no a un buen padre de familia, éste último como lo señala el artículo 1243 del Código de Comercio, y que por tanto no se acompasa con dicha previsión legal.