Puntuales reformas a la ley general de seguros introducidas por el nuevo Código Orgánico Monetario y Financiero del Ecuador
El presente artículo analiza los cambios más importantes y representativos, introducidos por el Código Orgánico Monetario y Financiero del Ecuador, vigente desde el 12 de septiembre de 2014, a la Ley General de Seguros del Ecuador, publicada el 3 de abril de 1998. Cambios que resultan de conocimient...
- Autores:
- Tipo de recurso:
- article
- Fecha de publicación:
- 2015
- Institución:
- Pontificia Universidad Javeriana
- Repositorio:
- Repositorio Universidad Javeriana
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.javeriana.edu.co:10554/27381
- Acceso en línea:
- http://revistas.javeriana.edu.co/index.php/iberoseguros/article/view/13316
http://hdl.handle.net/10554/27381
- Palabra clave:
- Rights
- openAccess
- License
- Copyright (c) 2015 Revista Ibero-Latinoamericana de Seguros
Summary: | El presente artículo analiza los cambios más importantes y representativos, introducidos por el Código Orgánico Monetario y Financiero del Ecuador, vigente desde el 12 de septiembre de 2014, a la Ley General de Seguros del Ecuador, publicada el 3 de abril de 1998. Cambios que resultan de conocimiento indispensable para el empresario y público en general. No se trata de una reforma integral o reemplazo de la ley pero sin duda son modificaciones sustanciales, partiendo del traspaso del control de la actividad de los seguros a otra entidad pública; la exigencia de nuevos capitales para las compañías de seguros y reaseguros que deberán ser ajustados en el plazo de tres años; la protección del asegurado regulando ciertos aspectos en la aplicación del reclamo administrativo; la creación del Fondo de Seguros Privados que cubrirá a los asegurados del sector público y privado, que tengan pólizas vigentes, el valor de siniestros pendientes de pago a la fecha de la liquidación forzosa de una aseguradora; además se deja bajo la responsabilidad de cada compañía de seguros la elaboración de sus productos los cuales que deben sujetarse a las condiciones establecidas en la ley, y cuyo cumplimiento será verificado por la Superintendencia.Las reformas introducidas regulan y subsanan algunos vacíos legales y técnicos,sin embargo es importante contar con una nueva ley, moderna y eficiente, que junto con favorecer el desarrollo sano del mercado, proteja los derechos de los asegurados, entendiéndose que un adecuado control es un activo para el país y la industria aseguradoraecuatoriana. |
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