“YOU ARE SAYING THAT YOUR PROSECUTOR’S OFFICE MISLED THE FBI…?” CUANDO SE CONFUNDE LITIGIO INTERNACIONAL CON DEFENSA PENAL: APUNTES A PARTIR DEL CASO MASACRE DE SANTO DOMINGO VS. COLOMBIA

El litigio interamericano de derechos humanos no cesa de generar sorpresas. Por una parte, con agencias de Estado que confunden el sistema con defensa penal y, por otra, con una Corte Interamericana que, excepcionalmente, rescata a la justicia interna. Pues bien, eso fue lo que precisamente ocurrió...

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Autores:
Tipo de recurso:
article
Fecha de publicación:
2013
Institución:
Pontificia Universidad Javeriana
Repositorio:
Repositorio Universidad Javeriana
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.javeriana.edu.co:10554/32316
Acceso en línea:
http://revistas.javeriana.edu.co/index.php/vnijuri/article/view/6124
http://hdl.handle.net/10554/32316
Palabra clave:
International litigation; Human Rights; Inter-American Court of Human Rights; Colombia; Estoppel; Due Process; Judicial Protection; Redress
litigio internacional; Corte Interamericana de Derechos Humanos; Colombia; estoppel; garantías judiciales (debido proceso o juicio justo); protección judicial; reparación integral
Rights
openAccess
License
Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 Internacional
Description
Summary:El litigio interamericano de derechos humanos no cesa de generar sorpresas. Por una parte, con agencias de Estado que confunden el sistema con defensa penal y, por otra, con una Corte Interamericana que, excepcionalmente, rescata a la justicia interna. Pues bien, eso fue lo que precisamente ocurrió en el Caso Masacre de Santo Domingo Vs. Colombia, donde murieron 17 civiles y se causaron heridas a otros 27, mientras se desarrollaban hostilidades entre fuerzas militares del Estado y un grupo de guerrilla de las Farc. En la primera parte de este estudio se ponen de presente las incongruencias del Estado —el único con capacidad para responder ante la Corte—, cuya “defensa” en la mencionada causa se empleó en atacar a su propia rama judicial, bien sea denunciando la existencia de un presunto fraude de la Fiscalía, o bien refutando las decisiones de las instancias penales y contencioso administrativas. Una estrategia que, paradójicamente, podría estar en las antípodas de un beneficio para los militares involucrados en el trágico acontecimiento. En una segunda parte, se analiza la forma en que la Corte idh termina redimiendo a la administración de justicia, calificando de estoppel los argumentos del agente del Estado (con relación a lo actuado ante la cidh) y describiendo, sin dudar, dicho comportamiento como contrario a los principios de buena fe, equidad procesal y seguridad jurídica.