John Rawls y los principios de justicia como mediadores entre una concepción de la sociedad y su estructura básica

La ¡dea central de este trabajo es identificar las características principales de una sociedad justa según la visión de Rawls. Así, intentamos mostrar cómo los principios de justicia constituyen una mediación entre una determinada concepción de sociedad y su estructura básica. La idea a partir de la...

Full description

Autores:
Miracle, Jean Hugues
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2016
Institución:
Pontificia Universidad Javeriana
Repositorio:
Repositorio Universidad Javeriana
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.javeriana.edu.co:10554/37899
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/10554/37899
Palabra clave:
Sistema de cooperación social
La posición original
Los principios de justicia
Igualdad y libertad
La estructura básica de la sociedad
System of social cooperation
The original position
The principles of justice
Equality and liberty
The basic structure of society
Filosofía - Tesis y disertaciones académicas
Justicia
Sociedad civil
Rights
openAccess
License
Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 Internacional
Description
Summary:La ¡dea central de este trabajo es identificar las características principales de una sociedad justa según la visión de Rawls. Así, intentamos mostrar cómo los principios de justicia constituyen una mediación entre una determinada concepción de sociedad y su estructura básica. La idea a partir de la cual Rawls organiza la justicia como equidad es la idea de la sociedad como un sistema de cooperación social entre personas libres e iguales. Esta concepción de persona que maneja Rawls es fundamental. Personas libres e iguales no pueden aceptar el utilitarismo que justifica la pérdida de libertades de un grupo en función del bienestar de la mayoría. El utilitarismo como teoría filosófica es incapaz de fundar las instituciones de una sociedad democrática. En consecuencia, la justicia como equidad, que se expresa a través de dos principios de justicia, se presenta como una alternativa más viable. El primer principio es un principio de igual libertad y el segundo principio reconoce las desigualdades sociales y económicas, pero dice en qué momento pueden estar justificadas: deben cumplir con el principio de la justa igualdad de oportunidades y el principio de diferencia. Estos principios están diseñados principalmente para la estructura básica de la sociedad. Dicho esto, una sociedad justa es una sociedad que tiene una estructura básica justa.