Análisis de los procesos concursales y responsabilidad empresarial

En una de las publicaciones más leídas del país, Alvin Toffler, señalado por la misma publicación como el "futurólogo económico más conocido del mundo", explicó cómo la economía global ha evolucionado en tres diferentes etapas, o como él las llama, en "olas". La primera ola, seña...

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Autores:
Cuadros, Nicolás Enrique
Fonseca, Silvia Carolina
Frandique-Méndez, Andrea
Gómez, María Carolina
Jaramillo, María Catalina
Laguado Giraldo, Darío
Ramírez, Diana Catalina
Vargas, Camilo Andrés
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2003
Institución:
Pontificia Universidad Javeriana
Repositorio:
Repositorio Universidad Javeriana
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.javeriana.edu.co:10554/61704
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/10554/61704
Palabra clave:
Derecho - Tesis y disertaciones académicas
Responsabilidad social de los negocios - Aspectos jurídicos - Colombia
Fracasos comerciales - Aspectos jurídicos - Colombia
Liquidación de negocios - Aspectos jurídicos - Colombia
Rights
License
Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 Internacional
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description En una de las publicaciones más leídas del país, Alvin Toffler, señalado por la misma publicación como el "futurólogo económico más conocido del mundo", explicó cómo la economía global ha evolucionado en tres diferentes etapas, o como él las llama, en "olas". La primera ola, señala el profesor, estaba basada en la producción agrícola y en los factores productivos de tierra, capital y recursos, la segunda, identificada con la revolución industrial, estaba basada en la producción de masas y finalmente la tercera ola, la actual, está basada en el conocimiento y la tecnología[1]. Y no es de extrañarse, porque el hombre está condenado a evolucionar o por lo menos, a transformar su forma de vida y su destino. Hoy en día, está generalmente aceptado, a pesar de los vertiginosos cambios de los que hemos sido testigos en las últimas décadas, que las empresas constituyen todavía y se constituirán por lo menos por unos años más, en el motor del desarrollo de un país, porque su desempeño afecta, no solamente a sus accionistas, empleados o contratistas sino también, por su función social, al Estado y a la comunidad en general. No cabe duda de que la crisis o la dificultad de las empresas debe admitirse como una posibilidad dentro del desarrollo común del tráfico mercantil. Casi puede sostenerse que toda empresa lleva, al menos en potencia, su propia ruina. Así como en el ciclo de la vida, es natural que una empresa que fabricaba carruajes hubiera tenido que cerrar con el auge de la industria automotriz. Igualmente es natural, aunque parezca cruel, que las empresas pequeñas sean aniquiladas por las grandes empresas que entran a tomarse un mercado, por supuesto, siempre que su incursión sea legítima y no conlleve conductas restrictivas de la libre competencia o competencia desleal. En aras de tutelar el principio de conservación de empresas en crisis, a través de los años se han ingeniado diversos mecanismos político–jurídicos para enfrentar el problema. Estos mecanismos parten de los preceptos Estatutarios acogidos por el Código Napoleónico, en los cuales se mantenía el tratamiento severo e incluso cruel del deudor propio del Derecho Estatutario de la Edad Media; hasta los preceptos de mediados del Siglo XX, cuando el derecho concursal influenciado por un cambio teleológico, se orientó hacia la protección del crédito en forma indirecta, sin penalidad a la persona del fallido, con objetivo prioritario de proteger al ente que emerge después de la primera guerra mundial: la empresa. Es errónea la concepción según la cual, los procesos concursales cobran importancia solamente como una alternativa de extinción de la empresa, pues como estudiaremos en el presente documento, dichos procesos pueden tener como objetivo, o bien la terminación y liquidación de una empresa, o la continuidad de la misma si ésta se considera jurídica y económicamente viable[2]. En este último caso, los procesos concursales se constituyen como un salvavidas para las empresas que han tenido el infortunio de padecer malos manejos fraudulentos o negligentes, o que simplemente han sido víctimas de ciclos económicos decrecientes. En Colombia en particular, en los últimos años hemos presenciado con gran preocupación los graves fenómenos de insolvencia, liquidación y cierre de muchas empresas, que se ha atribuido, entre otras causas, a la incapacidad de las empresas nacionales de soportar la competencia internacional en la globalización o a la difícil situación económica interna del país, lo cual ha hecho de las expresiones “recesión” y “crisis económica” términos de amplio uso en nuestro lenguaje cotidiano, y que acarrea graves efectos negativos para el desarrollo y economía del país.
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spelling Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 Internacionalhttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/De acuerdo con la naturaleza del uso concedido, la presente licencia parcial se otorga a título gratuito por el máximo tiempo legal colombiano, con el propósito de que en dicho lapso mi (nuestra) obra sea explotada en las condiciones aquí estipuladas y para los fines indicados, respetando siempre la titularidad de los derechos patrimoniales y morales correspondientes, de acuerdo con los usos honrados, de manera proporcional y justificada a la finalidad perseguida, sin ánimo de lucro ni de comercialización. De manera complementaria, garantizo (garantizamos) en mi (nuestra) calidad de estudiante (s) y por ende autor (es) exclusivo (s), que la Tesis o Trabajo de Grado en cuestión, es producto de mi (nuestra) plena autoría, de mi (nuestro) esfuerzo personal intelectual, como consecuencia de mi (nuestra) creación original particular y, por tanto, soy (somos) el (los) único (s) titular (es) de la misma. Además, aseguro (aseguramos) que no contiene citas, ni transcripciones de otras obras protegidas, por fuera de los límites autorizados por la ley, según los usos honrados, y en proporción a los fines previstos; ni tampoco contempla declaraciones difamatorias contra terceros; respetando el derecho a la imagen, intimidad, buen nombre y demás derechos constitucionales. Adicionalmente, manifiesto (manifestamos) que no se incluyeron expresiones contrarias al orden público ni a las buenas costumbres. En consecuencia, la responsabilidad directa en la elaboración, presentación, investigación y, en general, contenidos de la Tesis o Trabajo de Grado es de mí (nuestro) competencia exclusiva, eximiendo de toda responsabilidad a la Pontifica Universidad Javeriana por tales aspectos. Sin perjuicio de los usos y atribuciones otorgadas en virtud de este documento, continuaré (continuaremos) conservando los correspondientes derechos patrimoniales sin modificación o restricción alguna, puesto que, de acuerdo con la legislación colombiana aplicable, el presente es un acuerdo jurídico que en ningún caso conlleva la enajenación de los derechos patrimoniales derivados del régimen del Derecho de Autor. De conformidad con lo establecido en el artículo 30 de la Ley 23 de 1982 y el artículo 11 de la Decisión Andina 351 de 1993, "Los derechos morales sobre el trabajo son propiedad de los autores", los cuales son irrenunciables, imprescriptibles, inembargables e inalienables. En consecuencia, la Pontificia Universidad Javeriana está en la obligación de RESPETARLOS Y HACERLOS RESPETAR, para lo cual tomará las medidas correspondientes para garantizar su observancia.http://purl.org/coar/access_right/c_f1cfLaguado Monsalve, DaríoCuadros, Nicolás EnriqueFonseca, Silvia CarolinaFrandique-Méndez, AndreaGómez, María CarolinaJaramillo, María CatalinaLaguado Giraldo, DaríoRamírez, Diana CatalinaVargas, Camilo AndrésColombia2022-09-13T14:56:48Z2022-09-13T14:56:48Z2003http://hdl.handle.net/10554/61704instname:Pontificia Universidad Javerianareponame:Repositorio Institucional - Pontificia Universidad Javerianarepourl:https://repository.javeriana.edu.coEn una de las publicaciones más leídas del país, Alvin Toffler, señalado por la misma publicación como el "futurólogo económico más conocido del mundo", explicó cómo la economía global ha evolucionado en tres diferentes etapas, o como él las llama, en "olas". La primera ola, señala el profesor, estaba basada en la producción agrícola y en los factores productivos de tierra, capital y recursos, la segunda, identificada con la revolución industrial, estaba basada en la producción de masas y finalmente la tercera ola, la actual, está basada en el conocimiento y la tecnología[1]. Y no es de extrañarse, porque el hombre está condenado a evolucionar o por lo menos, a transformar su forma de vida y su destino. Hoy en día, está generalmente aceptado, a pesar de los vertiginosos cambios de los que hemos sido testigos en las últimas décadas, que las empresas constituyen todavía y se constituirán por lo menos por unos años más, en el motor del desarrollo de un país, porque su desempeño afecta, no solamente a sus accionistas, empleados o contratistas sino también, por su función social, al Estado y a la comunidad en general. No cabe duda de que la crisis o la dificultad de las empresas debe admitirse como una posibilidad dentro del desarrollo común del tráfico mercantil. Casi puede sostenerse que toda empresa lleva, al menos en potencia, su propia ruina. Así como en el ciclo de la vida, es natural que una empresa que fabricaba carruajes hubiera tenido que cerrar con el auge de la industria automotriz. Igualmente es natural, aunque parezca cruel, que las empresas pequeñas sean aniquiladas por las grandes empresas que entran a tomarse un mercado, por supuesto, siempre que su incursión sea legítima y no conlleve conductas restrictivas de la libre competencia o competencia desleal. En aras de tutelar el principio de conservación de empresas en crisis, a través de los años se han ingeniado diversos mecanismos político–jurídicos para enfrentar el problema. Estos mecanismos parten de los preceptos Estatutarios acogidos por el Código Napoleónico, en los cuales se mantenía el tratamiento severo e incluso cruel del deudor propio del Derecho Estatutario de la Edad Media; hasta los preceptos de mediados del Siglo XX, cuando el derecho concursal influenciado por un cambio teleológico, se orientó hacia la protección del crédito en forma indirecta, sin penalidad a la persona del fallido, con objetivo prioritario de proteger al ente que emerge después de la primera guerra mundial: la empresa. Es errónea la concepción según la cual, los procesos concursales cobran importancia solamente como una alternativa de extinción de la empresa, pues como estudiaremos en el presente documento, dichos procesos pueden tener como objetivo, o bien la terminación y liquidación de una empresa, o la continuidad de la misma si ésta se considera jurídica y económicamente viable[2]. En este último caso, los procesos concursales se constituyen como un salvavidas para las empresas que han tenido el infortunio de padecer malos manejos fraudulentos o negligentes, o que simplemente han sido víctimas de ciclos económicos decrecientes. En Colombia en particular, en los últimos años hemos presenciado con gran preocupación los graves fenómenos de insolvencia, liquidación y cierre de muchas empresas, que se ha atribuido, entre otras causas, a la incapacidad de las empresas nacionales de soportar la competencia internacional en la globalización o a la difícil situación económica interna del país, lo cual ha hecho de las expresiones “recesión” y “crisis económica” términos de amplio uso en nuestro lenguaje cotidiano, y que acarrea graves efectos negativos para el desarrollo y economía del país.Abogado (a)PregradoPDFapplication/pdfspaPontificia Universidad JaverianaDerechoFacultad de Ciencias JurídicasAnálisis de los procesos concursales y responsabilidad empresarialTesis/Trabajo de grado - Monografía - Pregradohttp://purl.org/coar/resource_type/c_7a1finfo:eu-repo/semantics/bachelorThesisDerecho - Tesis y disertaciones académicasResponsabilidad social de los negocios - Aspectos jurídicos - ColombiaFracasos comerciales - Aspectos jurídicos - ColombiaLiquidación de negocios - Aspectos jurídicos - ColombiaLICENSElicense.txtlicense.txttext/plain; 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