Legitimación en la causa por activa de las personas jurídicas para la reclamación de perjuicios de carácter extrapatrimonial : un problema sin resolver en el ordenamiento jurídico colombiano.
Los perjuicios de carácter extrapatrimonial no se encuentran regulados en la legislación colombiana, y en este sentido, han sido las altas cortes del país quienes a través de su jurisprudencia se han encargado de definir y reglamentar esta tipología de daño al interior del ordenamiento jurídico naci...
- Autores:
-
Yañez Vergel, María Alejandra
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2020
- Institución:
- Pontificia Universidad Javeriana
- Repositorio:
- Repositorio Universidad Javeriana
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.javeriana.edu.co:10554/48063
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/10554/48063
- Palabra clave:
- Responsabilidad civil
Daños extrapatrimoniales
Personas jurídicas
Indemnización
Civil liability
Extrapatrimonial damages
Legal person
Compensation
Derecho - Tesis y disertaciones académicas
Responsabilidad civil - Colombia
Indemnización
Personas jurídicas - Colombia
- Rights
- openAccess
- License
- Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 Internacional
Summary: | Los perjuicios de carácter extrapatrimonial no se encuentran regulados en la legislación colombiana, y en este sentido, han sido las altas cortes del país quienes a través de su jurisprudencia se han encargado de definir y reglamentar esta tipología de daño al interior del ordenamiento jurídico nacional. Así pues, con la presente investigación se buscará abordar la problemática relativa a la legitimación en la causa por activa de las personas jurídicas para la reclamación de esta clase de perjuicios, para lo cual se analizará lo que ha dicho la doctrina sobre el particular, así como el desarrollo jurisprudencial que el tema en cuestión ha tenido al interior de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado, en aras de demostrar cómo esta posibilidad es admitida pero no es efectivamente aplicada en los casos que llegan a sede de casación en la jurisdicción civil, y a instancias del máximo órgano judicial en la jurisdicción de lo contencioso administrativo. |
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