la aplicación del régimen de libre competencia frente a las asociaciones gremiales

El derecho de libre iniciativa económica se encuentra consagrado en la Constitución colombiana. Sin embargo, dicho derecho no es absoluto, su concreción y utilización no podrá ser abusiva ni arbitraria. Por esta razón, basándose en principios de proporcionalidad y razonabilidad, se han aceptado cier...

Full description

Autores:
Santofimio Jaramillo, Emilio
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2014
Institución:
Pontificia Universidad Javeriana
Repositorio:
Repositorio Universidad Javeriana
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.javeriana.edu.co:10554/10005
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/10554/10005
Palabra clave:
Régimen de libre competencia
Intercambio de información
Especialización en derecho comercial - Tesis y disertaciones académicas
Libre comercio
Gremios
Rights
openAccess
License
Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 Internacional
Description
Summary:El derecho de libre iniciativa económica se encuentra consagrado en la Constitución colombiana. Sin embargo, dicho derecho no es absoluto, su concreción y utilización no podrá ser abusiva ni arbitraria. Por esta razón, basándose en principios de proporcionalidad y razonabilidad, se han aceptado ciertos límites que el ordenamiento jurídico trae a la libre iniciativa. Y es precisamente la libre competencia, consagrada en la Constitución y en la Ley, una de los mites mencionados, el cual debe ser seguido por quienes desplieguen su actividad económica en los mercados. También, debido al importante rol que han tenido las asociaciones de empresas o agremiaciones para la economía colombiana, la autoridad de competencia debe armonizar los derecho de libre competencia económica y libre iniciativa privada con la aplicación de las normas de competencia, puesto que ello supone la protección de las finalidades o propósitos adoptados por el modelo económico consagrado en la Constitución. El propósito de este trabajo, es analizar algunos de los comunes o principales riesgos que este tipo de entes tienen para la aplicación de las normas de libre competencia. Muchos de estos, en principio no se presumen como anticompetitivos. Ello implica que se requiera un análisis particular y especifico de los casos, o en otras palabras, la aplicación de la regla de la razón para el estudio de estas conductas.