LA REFORMA DEL DERECHO DE OBLIGACIONES EN EL CÓDIGO CIVIL DE 1984
En el presente estudio, el autor se refiere a algunas reformas propuestas al Código Civil peruano de 1984 en materia de derecho de obligaciones, presentadas a la Comisión Reformadora del Código Civil de dicho país, de la cual es integrante.En el primer capítulo, el autor se refiere a algunas precisi...
- Autores:
-
Cárdenas Quirós, Carlos; Pontificia Universidad Católica del Perú,
- Tipo de recurso:
- Article of journal
- Fecha de publicación:
- 2003
- Institución:
- Pontificia Universidad Javeriana
- Repositorio:
- Repositorio Universidad Javeriana
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- OAI Identifier:
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- Acceso en línea:
- http://revistas.javeriana.edu.co/index.php/vnijuri/article/view/14845
http://hdl.handle.net/10554/32759
- Palabra clave:
- Código Civil de Perú de 1984; derecho de obligaciones; derecho de contratos; responsabilidad civil; Comisión reformadora del Código Civil
Peruvian Civil Code of 1984; Obligations; Contracts; Torts; Commission for the Reform of the Civil Code
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- openAccess
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En el presente estudio, el autor se refiere a algunas reformas propuestas al Código Civil peruano de 1984 en materia de derecho de obligaciones, presentadas a la Comisión Reformadora del Código Civil de dicho país, de la cual es integrante.En el primer capítulo, el autor se refiere a algunas precisiones relacionadas con la organización sistemática del Código, que según afirma, es una de las reformas que deben hacerse. Los temas que propone reorganizar, tiene que ver con el concepto de obligación, clases, efectos y responsabilidad civil, entre otros.En el segundo capítulo “Precisiones terminológicas”, el autor analiza algunas “calificaciones impropias” contenidas en el Código vigente indicando las precisiones que considera, deben introducirse.En la tercera parte se describen algunas materias que se propone sean objeto de regulación, tales como las obligaciones con prestaciones de dar bienes fungibles; las mejoras naturales y artificiales que pueden incorporarse al bien objeto de la prestación de dar; entre el momento de contraerse la obligación y hasta la entrega del bien; la obligación con prestación subsidiaria; la obligación propiamente mancomunada; las obligaciones disyuntivas o subjetivamente alternativas.Finalmente, en el cuarto capítulo, indica el autor, algunas propuestasespecíficas de reforma, relacionadas con: la elección en el ámbito de lasobligaciones con prestación de dar un bien incierto y con prestaciones alternativas; la duda sobre si la obligación es alternativa o facultativa; responsabilidad por incumplimiento en las obligaciones indivisibles y solidarias; reglas aplicables cuando la obligación es indivisible y solidaria; presunción de solidaridad pasiva; constitución en mora en la deuda y crédito solidarios; suspensión y renuncia de la prescripción en la deuda y crédito solidarios; unificación del régimen de los intereses por mora en defecto de pacto; pago por consignación; dación en pago; condonación y mora.El estudio está soportado además, en citas de doctrinantes de diferentes latitudes y referencias a legislaciones extranjeras, como es el caso de los códigos civiles francés, brasileño, chileno, colombiano, ecuatoriano, uruguayo, español, alemán, argentino, italiano de 1942, venezolano de 1942, portugués de 1967, boliviano de 1975, paraguayo de 1987, Código libanés de las obligaciones y de los contratos, los códigos mexicanos, como los del distrito federal, Quintana Roo y Jalisco, Costa Rica, Guatemala, Bolivia, códigos civiles de Perú de 1936 y 1984. |
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Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 InternacionalCopyright (c) 2003 Vniversitasinfo:eu-repo/semantics/openAccesshttp://purl.org/coar/access_right/c_abf2nullnullCárdenas Quirós, Carlos; Pontificia Universidad Católica del Perú,2018-02-24T16:03:42Z2020-04-15T18:06:26Z2018-02-24T16:03:42Z2020-04-15T18:06:26Z2003-04-15http://revistas.javeriana.edu.co/index.php/vnijuri/article/view/148452011-17110041-9060http://hdl.handle.net/10554/32759En el presente estudio, el autor se refiere a algunas reformas propuestas al Código Civil peruano de 1984 en materia de derecho de obligaciones, presentadas a la Comisión Reformadora del Código Civil de dicho país, de la cual es integrante.En el primer capítulo, el autor se refiere a algunas precisiones relacionadas con la organización sistemática del Código, que según afirma, es una de las reformas que deben hacerse. Los temas que propone reorganizar, tiene que ver con el concepto de obligación, clases, efectos y responsabilidad civil, entre otros.En el segundo capítulo “Precisiones terminológicas”, el autor analiza algunas “calificaciones impropias” contenidas en el Código vigente indicando las precisiones que considera, deben introducirse.En la tercera parte se describen algunas materias que se propone sean objeto de regulación, tales como las obligaciones con prestaciones de dar bienes fungibles; las mejoras naturales y artificiales que pueden incorporarse al bien objeto de la prestación de dar; entre el momento de contraerse la obligación y hasta la entrega del bien; la obligación con prestación subsidiaria; la obligación propiamente mancomunada; las obligaciones disyuntivas o subjetivamente alternativas.Finalmente, en el cuarto capítulo, indica el autor, algunas propuestasespecíficas de reforma, relacionadas con: la elección en el ámbito de lasobligaciones con prestación de dar un bien incierto y con prestaciones alternativas; la duda sobre si la obligación es alternativa o facultativa; responsabilidad por incumplimiento en las obligaciones indivisibles y solidarias; reglas aplicables cuando la obligación es indivisible y solidaria; presunción de solidaridad pasiva; constitución en mora en la deuda y crédito solidarios; suspensión y renuncia de la prescripción en la deuda y crédito solidarios; unificación del régimen de los intereses por mora en defecto de pacto; pago por consignación; dación en pago; condonación y mora.El estudio está soportado además, en citas de doctrinantes de diferentes latitudes y referencias a legislaciones extranjeras, como es el caso de los códigos civiles francés, brasileño, chileno, colombiano, ecuatoriano, uruguayo, español, alemán, argentino, italiano de 1942, venezolano de 1942, portugués de 1967, boliviano de 1975, paraguayo de 1987, Código libanés de las obligaciones y de los contratos, los códigos mexicanos, como los del distrito federal, Quintana Roo y Jalisco, Costa Rica, Guatemala, Bolivia, códigos civiles de Perú de 1936 y 1984.In this paper, the author refers to some proposals pursuing the reform of the Obligations Chapter of the Peruvian Civil Code of 1984 presented before the Commission for the Reform of the Civil Code of this country. The author belongs to that commission.In the first chapter, the author refers to some issues associated to the structure of the code, one of the changes that should be made in it. The author proposal includes changes of topics such as the obligation concept, types of obligation, effects and torts among others.In the second chapter, “Precisions of Terminology”, the author points out some “inappropriate qualifications” inside the Code indicating the issues that should be introduced.In the third part the paper stands for some topics that should be regulated, such as obligations with responsibility of give fungible goods; natural and artificial benefits that can be incorporated to the goods of the obligation duty of give; among the moment of the agreement until the confer of the good; the obligation with a subsidiary duty; the mutuality of one the parts of the obligation; the subjective-alternative obligations. Finally, in the fourth chapter, the author presents some propositions of reform about the election in the focus of the obligations with the duty of give an uncertain good and with alternative duties; the doubt among facultative and alternative obligations; the liability for the default on indivisible and solidary obligations; applicable rules to indivisible and solidary obligations; presumption of passive solidarity; credit default and solidary credit; suspension and disclaimer of time of a debt and solidary credit; unification of the interest rates in credit default; pay by deposit; payment by giving goods; remission and default.The paper is also supported by citation of multiple authors from different places and references to foreign legislation as in the case of the Civil Codes form France, Brazil, Chile, Colombia, Ecuador Uruguay, Spain, Germany, Argentina, Italy (1942), the Venezuelan from 1942, from Portugal of 1967, Bolivian from 1975, Paraguayan form 1987, from the Lebanese Code of Obligations and Contracts, the Mexican Codes such as the one of the Federal District, Quintana Roo and Jalisco, Costa Rica, Guatemala, Bolivia and Civil Codes from Peru of 1936 and 1984.PDFapplication/pdfspaPontificia Universidad Javerianahttp://revistas.javeriana.edu.co/index.php/vnijuri/article/view/14845/11985Vniversitas; Vol. 52, Núm. 105 (2003); 183-209Vniversitas / Law Review; Vol. 52, Núm. 105 (2003); 183-209Código Civil de Perú de 1984; derecho de obligaciones; derecho de contratos; responsabilidad civil; Comisión reformadora del Código CivilPeruvian Civil Code of 1984; Obligations; Contracts; Torts; Commission for the Reform of the Civil CodeLA REFORMA DEL DERECHO DE OBLIGACIONES EN EL CÓDIGO CIVIL DE 1984LA REFORMA DEL DERECHO DE OBLIGACIONES EN EL CÓDIGO CIVIL DE 1984http://purl.org/coar/version/c_970fb48d4fbd8a85Artículo de revistahttp://purl.org/coar/resource_type/c_6501http://purl.org/coar/resource_type/c_2df8fbb1info:eu-repo/semantics/article10554/32759oai:repository.javeriana.edu.co:10554/327592023-03-28 16:17:17.575Repositorio Institucional - Pontificia Universidad Javerianarepositorio@javeriana.edu.co |