LA NUEVA ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO EN PERÚ Y SU COMPARACIÓN CON LA COLOMBIANA

El objeto y finalidad de esta acción es otorgarle a toda persona, natural o jurídica, e incluso a los servidores públicos, la posibi- lidad de acudir ante la autoridad judicial para exigir la realización o el cumplimiento del deber que surge de la ley o del acto administrativo y que es omitido por l...

Full description

Autores:
Olano García, Hernán Alejandro; Universidad de la Sabana
Tipo de recurso:
Article of journal
Fecha de publicación:
2005
Institución:
Pontificia Universidad Javeriana
Repositorio:
Repositorio Universidad Javeriana
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.javeriana.edu.co:10554/25976
Acceso en línea:
http://revistas.javeriana.edu.co/index.php/internationallaw/article/view/14096
http://hdl.handle.net/10554/25976
Palabra clave:
Acción de cumplimiento; ley; acto administrativo; Injuction; mandamus; acción contra particulares; caducidad; competencia; titularidad; legitimación pasiva; renuencia
Action of fulfillment; law; administrative act; Injuction; Mandamus; action against individuals; expiration; competence; ownership; passive recognition; reluctance
Rights
openAccess
License
Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 Internacional
Description
Summary:El objeto y finalidad de esta acción es otorgarle a toda persona, natural o jurídica, e incluso a los servidores públicos, la posibi- lidad de acudir ante la autoridad judicial para exigir la realización o el cumplimiento del deber que surge de la ley o del acto administrativo y que es omitido por la autoridad, o el particular cuando asume este carácter. De esta manera, la referida acción se encamina a procurar la vigencia y efectividad material de las leyes y de los actos administrativos, lo cual conlleva la concreción de principios medulares del Estado social de derecho, que tiendan a asegurar la vigencia de un orden jurídico, social y económico justo. El autor presenta esta figura, comparada con la adoptada en 2004 dentro del Código Procesal Constitucional del Perú, cuyo objeto es ordenar que el funcionario o autoridad pública renuente dé cumplimiento a una norma legal o ejecute un acto administrativo firme; o se pronuncie expresamente cuando las normas legales le ordenan emitir una resolución administrativa o dictar un reglamento.