ACUERDO DE ACCIONISTAS EN SOCIEDADES CERRADAS Y SU IMPLEMENTACIÓN EN LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
Los acuerdos de accionistas son mecanismos de tipo contractual que permiten resolver las tensiones que existen entre los accionistas de una sociedad. Estos acuerdos de naturaleza contractual tienen un amplio alcance relacionado con los diferentes intereses y necesidades de los socios. En todo caso,...
- Autores:
-
Molano León, Ricardo; Universidad Católica de Lovaina
- Tipo de recurso:
- Article of journal
- Fecha de publicación:
- 2008
- Institución:
- Pontificia Universidad Javeriana
- Repositorio:
- Repositorio Universidad Javeriana
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.javeriana.edu.co:10554/32285
- Acceso en línea:
- http://revistas.javeriana.edu.co/index.php/vnijuri/article/view/14540
http://hdl.handle.net/10554/32285
- Palabra clave:
- Acuerdos de accionistas; sociedad cerrada; accionistas minoritarios; implementación; aplicación
Shareholders’ agreements; enforcement; close corporations; internal affairs doctrine; minority shareholders
- Rights
- openAccess
- License
- Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 Internacional
Summary: | Los acuerdos de accionistas son mecanismos de tipo contractual que permiten resolver las tensiones que existen entre los accionistas de una sociedad. Estos acuerdos de naturaleza contractual tienen un amplio alcance relacionado con los diferentes intereses y necesidades de los socios. En todo caso, antes de suscribir un acuerdo de accionistas es muy importante determinar cuáles son los requerimientos que harán el mismo aplicable y ejecutable. Este tema ha sido considerado en los últimos 20 años por las regulaciones de los diferentes estados en los Estados Unidos de América tomando como base la Ley Tipo deSociedades y la Ley de Sociedades del estado de Delaware. En la actualidad, los acuerdos de accionistas serán objeto de aplicación, de conformidad con los términos recogidos por las partes, a menos que el acuerdo afecte a los accionistas que no participen en el mismo, a terceras partes o el mismo resulte contrario al orden público. El presente artículo es un producto del proyecto Interpretación y Aplicación del Derecho Privado del grupo de investigación en derecho civil y comercial de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la PontificiaUniversidad Javeriana. |
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