Ley 2277 de 2022 y regalías en Colombia : ¿un cambio constitucionalmente válidos o una amenaza al principio de justicia tributaria en el sector de hidrocarburos?

Este trabajo de investigación busca reflexionar sobre el alcance del principio constitucional de la justicia tributaria como límite al amplio margen de configuración del legislador, especialmente al momento de imponer beneficios tributarios. Con este propósito se realizará un estudio de los principi...

Full description

Autores:
Mejía Stand, Juan Pablo
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2024
Institución:
Pontificia Universidad Javeriana
Repositorio:
Repositorio Universidad Javeriana
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.javeriana.edu.co:10554/67723
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/10554/67723
Palabra clave:
Deducibilidad
Regalías
Justicia tributaria
Beneficios tributarios
Tax justice
Tax deductible
Tax benefits
Oil royalties
Derecho - Tesis y disertaciones académicas
Reforma tributaria
Procedimiento tributario
Jurisprudencia
Igualdad ante la ley
Rights
openAccess
License
Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 Internacional
Description
Summary:Este trabajo de investigación busca reflexionar sobre el alcance del principio constitucional de la justicia tributaria como límite al amplio margen de configuración del legislador, especialmente al momento de imponer beneficios tributarios. Con este propósito se realizará un estudio de los principios de justicia, equidad y progresividad tributaria para así tener una noción amplia del alcance que la ha dado la jurisprudencia constitucional a estos principios desde el año 1991. De esta manera se podrá identificar como los principios de progresividad y equidad ya han sido decantados por la jurisprudencia constitucional a partir de reglas claras y definidas para su aplicación y posible vulneración. Así mismo se estudiará como a partir de la sentencia C-489 de 2023 se empezó a decantar el principio de justicia tributaria como un principio autónomo relacionado con criterios de eficiencia y no confiscatoriedad. Alejándose así de la noción de ser una manifestación general de otros principios tributarios y empezando a ser estudiado como un principio autónomo.