Prohibición al asegurado de reconocer su responsabilidad y realizar acuerdos con el tercero en el seguro de responsabilidad civil
En el seguro de responsabilidad civil se prohibe al asegurado reconocer su responsabilidad y efectuar acuerdos con el tercero afectado por el siniestro, frente a lo cual la legislación no se pronuncia expresamente y en la práctica colombiana se ha establecido la pérdida del derecho a la indemnizació...
- Autores:
-
Correa Valenzuela, Gustavo Andrés
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2015
- Institución:
- Pontificia Universidad Javeriana
- Repositorio:
- Repositorio Universidad Javeriana
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.javeriana.edu.co:10554/16740
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/10554/16740
- Palabra clave:
- Seguro de responsabilidad civil
Prohibición al asegurado de conciliar
Prohibición al asegurado de reconocer su responsabilidad
Liability insurance
Prohibition of conciliation to the insured
Prohibition of liability to the insured
Especialización en derecho de seguros - Tesis y disertaciones académicas
- Rights
- openAccess
- License
- Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 Internacional
Summary: | En el seguro de responsabilidad civil se prohibe al asegurado reconocer su responsabilidad y efectuar acuerdos con el tercero afectado por el siniestro, frente a lo cual la legislación no se pronuncia expresamente y en la práctica colombiana se ha establecido la pérdida del derecho a la indemnización como consecuencia jurídica del incumplimineto de dicha obligación. En este ensayo se hace un análisis de la naturaleza y objeto de la prohibición con el fin de determinar cuál es la consecuencia jurídica adecuada para su incumplimiento proponiendo que esta es la contemplada en el artículo 1073 del Código de Comercio. |
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