El carácter normativo del Estado social de derecho en Colombia
En materia de Derechos, encontramos dentro de la historia colombiana dos referentes; la Constitución de 1886, mediante la cual se incorporó la tendencia universal a reconocer garantías constitucionales a través del Estado de Derecho. Por su parte, la Constitución de 1991 evolucionó a un modelo de Es...
- Autores:
-
Quintero Mosquera, Diana Patricia
- Tipo de recurso:
- Article of investigation
- Fecha de publicación:
- 2002
- Institución:
- Universidad ICESI
- Repositorio:
- Repositorio ICESI
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.icesi.edu.co:10906/80037
- Acceso en línea:
- https://www.icesi.edu.co/precedente/ediciones/2002/3DianaQuintero.pdf
http://hdl.handle.net/10906/80037
- Palabra clave:
- Constitución política, 1991
Derechos Fundamentales
Derechos sociales
Derecho
Law
- Rights
- openAccess
- License
- https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/
Summary: | En materia de Derechos, encontramos dentro de la historia colombiana dos referentes; la Constitución de 1886, mediante la cual se incorporó la tendencia universal a reconocer garantías constitucionales a través del Estado de Derecho. Por su parte, la Constitución de 1991 evolucionó a un modelo de Estado social de Derecho que integra el principio social, el democrático y el Estado de Derecho. En vigencia de la primera constitución predominaba la ley como herramienta de interpretación de derecho, en la segunda prevalecen los principios y valores constitucionales como instrumento de interpretación y aplicación de la ley, por parte del Juez Constitucional a fin de darle vida al contenido orgánico de la Constitución. Los principios y valores constitucionales consagrados en la parte dogmática de la Carta, desarrollan los fines esenciales del Estado como hilos conductores de su estructura fundamental, de conformidad con lo previsto en el artículo primero superior. Los principios por ser normas de mandato, son normas que condicionan las demás normas, pero con mayor grado de concreción, pues alcanzan proyección normativa. Los valores por su contenido axiológico, irradian de manera indirecta el ordenamiento jurídico y marcan el derrotero a seguir en la garantía y aplicación de los derechos Constitucionalmente reconocidos. |
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