A propósito de instituciones justas. La rehabilitación de la racionalidad moral en Rawls y Habermas

Si se me pidiera por adelantado enunciar los objetivos de este ensayo, diría que el primero es mostrar la forma como el filósofo norteamericano John Rawls y el alemán Jürgen Habermas hacen un uso de una razón construccionista y de una razón dialógica, respectivamente, para darle a la justicia una pr...

Full description

Autores:
Grueso, Delfin Ignacio
Tipo de recurso:
Article of investigation
Fecha de publicación:
2001
Institución:
Universidad ICESI
Repositorio:
Repositorio ICESI
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.icesi.edu.co:10906/420
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/10906/420
http://www.icesi.edu.co/revistas/index.php/precedente/article/view/1385
http://biblioteca2.icesi.edu.co/cgi-olib/?infile=details.glu&loid=92802
Palabra clave:
Derecho y moral
Filosofía del derecho
Justicia
Legitimidad
Positivismo jurídico
Validez
Producción intelectual registrada - Universidad Icesi
Rights
openAccess
License
https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/
Description
Summary:Si se me pidiera por adelantado enunciar los objetivos de este ensayo, diría que el primero es mostrar la forma como el filósofo norteamericano John Rawls y el alemán Jürgen Habermas hacen un uso de una razón construccionista y de una razón dialógica, respectivamente, para darle a la justicia una preeminencia moralque hace tiempo no tenía en la filosofía práctica. Pero ese es un objetivo más interesante para los historiadores de la filosofía que para los juristas, políticos, pensadores sociales y estudiantes de humanidades para quienes escribo este ensayo. A ellos mi segundo objetivo les puede interesar más: mostrar a la justicia como el concepto rector para establecer la moralidad de lo político y de lo jurídico. Para lograr ambos objetivos, poniendo más énfasis en el segundo, seguiré el siguiente orden. Comenzaré (I) mostrando lo que significó reivindicar el concepto moraljusticia en el siglo XX, un siglo difícil para la filosofía práctica de vocación normativa. Hecho esto, procederé a (II) mostrar el modo en que ambos pensadores intentan restaurar la moralidad como criterio de legitimidad de las instituciones públicas e intentaré (III) mostrar cómo ese criterio conecta lo constitucional y lo político.