El derecho romano de la propiedad en la doctrina civil colombiana
El artículo muestra cómo la doctrina civil colombiana ha acogido recurrentemente la idea de que los romanos dividieron el derecho de propiedad en tres propiedades o atributos: usus , fructus , y abusus . Luego, el texto pasa a los textos primarios romanos, poniendo en evidencia la ausencia de esa tr...
- Autores:
-
Escobar Córdoba, Federico
- Tipo de recurso:
- Article of investigation
- Fecha de publicación:
- 2006
- Institución:
- Universidad ICESI
- Repositorio:
- Repositorio ICESI
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.icesi.edu.co:10906/80028
- Acceso en línea:
- http://revistas.javerianacali.edu.co/index.php/criteriojuridico/article/view/261
http://hdl.handle.net/10906/80028
- Palabra clave:
- Derecho romano
Propiedad
Cultura jurídica
Derecho
Law
- Rights
- openAccess
- License
- https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/
Summary: | El artículo muestra cómo la doctrina civil colombiana ha acogido recurrentemente la idea de que los romanos dividieron el derecho de propiedad en tres propiedades o atributos: usus , fructus , y abusus . Luego, el texto pasa a los textos primarios romanos, poniendo en evidencia la ausencia de esa tridivisión entre los jurisconsultos. El análisis continúa con los textos secundarios de derecho romano, resaltando la manera en que las obras colombianas con frecuencia le atribuyen al derecho romano la tridivisión, mientras los textos extranjeros normalmente no lo hacen. El artículo concluye proponiendo que este es un caso de lo que el autor llama “zonas ciegas,” la manera en que los miembros de una cultura jurídica reproducen ciertas ideas tradicionales sin ver su contenido u origen reales. This article shows how legal writers in Colombia have frequently adopted the idea that Roman jurists conceived of three divisions within the right of ownership, called usus, fructus, and abusus. The text then turns to primary sources of Roman Law, and shows that this concept was not theorized by Roman jurists. The analysis continues with secondary sources of Roman Law, underscoring the fact that Colombian authors commonly describe this triple division as a Roman creation, while foreign legal writers on Roman Law generally do not. The article concludes by suggesting that this is one case of what the author calls “blind spots,” referring to the way in which members of the legal community tend to reproduce certain traditional ideas without seeing their real content or origin. |
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