El principio de progresividad en el sistema de seguridad social en pensiones

La Constitución Política de 1991 introdujo para Colombia el derecho irrenunciable a la Seguridad Social cuando expresó: "La seguridad social es un servicio público de carácter obligatorio que se prestará bajo la dirección, coordinación, y control del estado... Se garantiza a todos los habitante...

Full description

Autores:
Silva Padilla, Alba Liliana
Dussich Muñoz, Nadya
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2012
Institución:
Universidad ICESI
Repositorio:
Repositorio ICESI
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.icesi.edu.co:10906/68133
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/10906/68133
http://biblioteca2.icesi.edu.co/cgi-olib?session=-1&infile=details.glu&loid=246782&rs=7988076&hitno=1
Palabra clave:
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES
PRODUCCIÓN INTELECTUAL REGISTRADA - UNIVERSIDAD ICESI
DERECHO
SEGURIDAD SOCIAL - COLOMBIA
PENSIÓN DE INVALIDEZ
PRECEDENTES JUDICIALES
T344.021/D974p
Rights
openAccess
License
https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/
Description
Summary:La Constitución Política de 1991 introdujo para Colombia el derecho irrenunciable a la Seguridad Social cuando expresó: "La seguridad social es un servicio público de carácter obligatorio que se prestará bajo la dirección, coordinación, y control del estado... Se garantiza a todos los habitantes el derecho irrenunciable a la seguridad social", constituyendo la gran conquista institucional del Siglo XX siendo las pensiones, la salud y los riesgos profesionales los principales componentes del sistema. Sin embargo, la libertad de configuración del legislador, introdujo cambios normativos que significaron regresividad en materia de otorgamiento de la pensión de invalidez, introduciendo el requisito de fidelidad, hoy derogado y el aumento del número de semanas mínimas de cotización exigidas de 26 a 50 en los tres últimos años anteriores a la estructuración de la invalidez, haciendo mas difícil el acceso a esta prestación. Además, la estructuración de la invalidez se ha venido fijando por las entidades competentes contrariando lo preceptuado por el Manual Único de Calificación de la Invalidez. El objetivo del caso de estudio es mostrar, a partir del análisis de la jurisprudencia o precedente judicial, la vulneración al derecho de la seguridad social por la negación de la prestación económica a personas en franca debilidad manifiesta y la necesidad de protegerlo a través de la acción de tutela para precaver el daño causado. Para ello se realizó un análisis de la jurisprudencia de las A tas Cortes para concluir con la postura actual de la Corte Constitucional.