Libertad de expresión en relación con la honra, intimidad y buen nombre de funcionarios públicos en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos
La importancia de la libertad de expresión, hace necesario que este derecho sea completamente entendido por todos los individuos, autoridades y entidades estatales, porque, sólo el conocimiento de la ciudadanía y del Estado sobre la importancia de este derecho humano permitirá lograr una actitud ciu...
- Autores:
-
Navia Franco, Diana Alexandra
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2010
- Institución:
- Universidad ICESI
- Repositorio:
- Repositorio ICESI
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.icesi.edu.co:10906/76185
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/10906/76185
http://biblioteca2.icesi.edu.co/cgi-olib/?sf_entry=+&session=62111636
- Palabra clave:
- FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES
PRODUCCIÓN INTELECTUAL REGISTRADA - UNIVERSIDAD ICESI
HONOR
LIBERTAD DE EXPRESIÓN
DERECHO PENAL - COLOMBIA
DERECHO PENAL
DERECHOS CIVILES
TRABAJOS DE GRADO
FUNCIORARIOS PÚBLICOS - ASPECTOS JURÍDICOS
DERECHOS HUMANOS
SISTEMA INTERAMERICANO DE DERECHOS HUMANOS
DERECHO
TG323.4/N325L
- Rights
- openAccess
- License
- https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/
Summary: | La importancia de la libertad de expresión, hace necesario que este derecho sea completamente entendido por todos los individuos, autoridades y entidades estatales, porque, sólo el conocimiento de la ciudadanía y del Estado sobre la importancia de este derecho humano permitirá lograr una actitud ciudadana y una política pública interesada en respetar las ideas e informaciones que se difunden, y a sancionar cualquier tipo de medida orientada a limitar la libertad de expresión. Además, es de vital importancia apreciar el derecho a la libertad de expresión como una garantía que no es absoluta; es decir, existen ciertos ámbitos donde existen restricciones con el objetivo de garantizar otros derechos fundamentales, como por ejemplo: el derecho a la honra, intimidad y buen nombre de las personas. Con respecto, al derecho a la honra, intimidad y buen nombre, la Convención Americana de Derechos Humanos en su Artículo 11 establece que: “1. Toda persona tiene derecho al respeto de su honra y al reconocimiento de su dignidad. 2. Nadie puede ser objeto de injerencias arbitrarias o abusivas en su vida privada, en la de su familia, en su domicilio o en su correspondencia, ni de ataques ilegales a su honra o reputación. 3. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra esas injerencias o esos ataques.” Estas normas tienen algunas implicaciones para el Estado, que se pueden dividir en dos obligaciones principalmente: el deber de respetar, o evitar interferir en dicho derecho; es decir, los agentes del Estado deben evitar vulnerar los derechos de las personas ya sea por acción o por omisión y, el deber de garantizar, o sea asegurar que bajo su jurisdicción ese derecho no sea transgredido por las acciones de cualquier individuo o entidad. |
---|