Aproximación conceptual al Trabajo Forzado en menores de edad, una cara desconocida de la Trata de Personas en Colombia

La trata de personas, considerada en pleno siglo XXI como una forma de esclavitud moderna, es una grave violación a los derechos humanos de sus víctimas, entre las que no distingue según la edad, género, condición social o nacionalidad (OIT, 2017) que mediante engaños o coacción son explotados, obli...

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Autores:
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2021
Institución:
Universidad del Rosario
Repositorio:
Repositorio EdocUR - U. Rosario
Idioma:
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OAI Identifier:
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Acceso en línea:
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Palabra clave:
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Trata infantil
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Derechos humanos
Estado colombiano
Derecho internacional
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description La trata de personas, considerada en pleno siglo XXI como una forma de esclavitud moderna, es una grave violación a los derechos humanos de sus víctimas, entre las que no distingue según la edad, género, condición social o nacionalidad (OIT, 2017) que mediante engaños o coacción son explotados, obligados a cumplir con labores para beneficio de la red de personas detrás de este negocio ilícito, considerado uno de los más rentables del mundo (Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México [CDHCM], Boletín 395, 2010). Es así como, para que se configure este delito es necesaria la existencia de una finalidad: la explotación de la víctima; las prácticas que pueden constituir tal explotación son diversas y algunas, a diferencia de la explotación sexual, son poco conocidas como, por ejemplo, el trabajo forzado, la servidumbre, el matrimonio servil, la extracción de órganos, entre otros. Sin embargo, es posible que en el futuro se identifiquen nuevos fines que constituyan la explotación. Es por lo anterior que, en el presente trabajo, se abordará el tema de la trata de personas, profundizando en la trata infantil con fines de trabajo forzado. La trata de personas con fines de trabajo forzado ha sido una de las modalidades que más ha crecido en los últimos años, de acuerdo con el Reporte Global sobre Trata de Personas de la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (en adelante UNODC), en 2018 la trata para el trabajo forzoso fue la forma de trata más detectada en Europa del Este y Asia Central, y entre sus víctimas se encontraban tanto adultos como niños, mientras que en el África subsahariana, donde era el tipo más común de trata, sus víctimas eran en su mayoría niños. (UNODC, 2020)
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Es así como, para que se configure este delito es necesaria la existencia de una finalidad: la explotación de la víctima; las prácticas que pueden constituir tal explotación son diversas y algunas, a diferencia de la explotación sexual, son poco conocidas como, por ejemplo, el trabajo forzado, la servidumbre, el matrimonio servil, la extracción de órganos, entre otros. Sin embargo, es posible que en el futuro se identifiquen nuevos fines que constituyan la explotación. Es por lo anterior que, en el presente trabajo, se abordará el tema de la trata de personas, profundizando en la trata infantil con fines de trabajo forzado. La trata de personas con fines de trabajo forzado ha sido una de las modalidades que más ha crecido en los últimos años, de acuerdo con el Reporte Global sobre Trata de Personas de la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (en adelante UNODC), en 2018 la trata para el trabajo forzoso fue la forma de trata más detectada en Europa del Este y Asia Central, y entre sus víctimas se encontraban tanto adultos como niños, mientras que en el África subsahariana, donde era el tipo más común de trata, sus víctimas eran en su mayoría niños. (UNODC, 2020)Human trafficking, considered in the XXI century as a form of modern slavery, it is a serious violation of the human rights of its victims, among which it does not distinguish according to age, gender, social condition, or nationality (OIT, 2017), who are exploited through deception or coercion, forced to carry out tasks for the benefit of the network of people behind this illicit business, considered one of the most profitable in the world (Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México [CDHCM], Boletín 395, 2010). This is how, for this crime to be configured, the existence of a purpose is necessary: the exploitation of the victim. The practices that may constitute such exploitation are diverse and some, unlike sexual exploitation, are little known as for example, forced labor, servitude, servile marriage, extraction of organs, among others. However, it is possible that new purposes that constitute exploitation will be identified in the future. Therefore, in this document the issue of human trafficking will be addressed, deepening the trafficking of children for the purpose of forced labor. Human trafficking for the purpose of forced labor has been one of the modalities that has grown the most in recent years, according to the Global Report on Human Trafficking of the United Nations Office on Drugs and Crime. In 2018, trafficking for forced labor was the most detected form of trafficking in Eastern Europe and Central Asia, and its victims including both adults and children, while in sub-Saharan Africa, where it was the most common type of trafficking, his victims were mostly children. (UNODC, 2020)56 ppapplication/pdfhttps://doi.org/10.48713/10336_33415 https://repository.urosario.edu.co/handle/10336/33415spaUniversidad del RosarioFacultad de JurisprudenciaJurisprudenciaAtribución-SinDerivadas 2.5 ColombiaAbierto (Texto Completo)EL AUTOR, manifiesta que la obra objeto de la presente autorización es original y la realizó sin violar o usurpar derechos de autor de terceros, por lo tanto la obra es de exclusiva autoría y tiene la titularidad sobre la misma. PARGRAFO: En caso de presentarse cualquier reclamación o acción por parte de un tercero en cuanto a los derechos de autor sobre la obra en cuestión, EL AUTOR, asumirá toda la responsabilidad, y saldrá en defensa de los derechos aquí autorizados; para todos los efectos la universidad actúa como un tercero de buena fe. EL AUTOR, autoriza a LA UNIVERSIDAD DEL ROSARIO, para que en los términos establecidos en la Ley 23 de 1982, Ley 44 de 1993, Decisión andina 351 de 1993, Decreto 460 de 1995 y demás normas generales sobre la materia, utilice y use la obra objeto de la presente autorización. -------------------------------------- POLITICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES. Declaro que autorizo previa y de forma informada el tratamiento de mis datos personales por parte de LA UNIVERSIDAD DEL ROSARIO para fines académicos y en aplicación de convenios con terceros o servicios conexos con actividades propias de la academia, con estricto cumplimiento de los principios de ley. Para el correcto ejercicio de mi derecho de habeas data cuento con la cuenta de correo habeasdata@urosario.edu.co, donde previa identificación podré solicitar la consulta, corrección y supresión de mis datos.http://creativecommons.org/licenses/by-nd/2.5/co/http://purl.org/coar/access_right/c_abf2Aranda Caicedo, C. (2016). 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