El daño antijurídico, fundamento general de la responsabilidad extracontractual del estado.
Hasta la Constitución de 1.991 no existía en la Constitución, ni en la ley una cláusula general expresa sobre la responsabilidad patrimonial del Estado; sin embargo, la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia y en especial, la del Consejo de Estado encontraron en diferentes normas de la Const...
- Autores:
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2000
- Institución:
- Universidad del Rosario
- Repositorio:
- Repositorio EdocUR - U. Rosario
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.urosario.edu.co:10336/21447
- Acceso en línea:
- https://repository.urosario.edu.co/handle/10336/21447
- Palabra clave:
- Responsabilidad del estado
Daño antijurídico
Derecho público colombiano
De gobiernos locales
Daños y perjuicios
Daños y perjuicios::Jurisprudencia
Responsabilidad del estado
Responsabilidad del estado::Colombia
Responsabilidad extracontractual
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Summary: | Hasta la Constitución de 1.991 no existía en la Constitución, ni en la ley una cláusula general expresa sobre la responsabilidad patrimonial del Estado; sin embargo, la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia y en especial, la del Consejo de Estado encontraron en diferentes normas de la Constitución derogada específicamente en el artículo 16, los fundamentos constitucionales de esa responsabilidad estatal y plantearon en particular en el campo extracontractual, la existencia de diversos regímenes de responsabilidad como la falla en el servicio, el régimen de riesgo o el de Daño Especial. En este sentido desarrollaremos nuestra teoría acerca del Daño Antijurídico como fundamento general de la Responsabilidad Patrimonial del Estado, concretamente la extracontractual; con tal propósito, se iniciará un análisis del decurso que ha tenido la responsabilidad del Estado a nivel general, especialmente en el Derecho Público Colombiano, mostrando los diversos 6 regímenes de responsabilidad así como sus títulos jurídicos de imputación, para finalmente adentrarnos en la conceptualización del Daño Antijurídico, que constituye nuestro planteamiento.. |
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