La exploración y producción de hidrocarburos en yacimientos no convencionales, frente a los principios de prevención, precaución y desarrollo sostenible

El presente trabajo de grado busca exponer el panorama actual de la exploración y producción de hidrocarburos en Yacimientos No Convencionales, realizada utilizando el fracturamiento hidráulico – Fracking – cómo método para lograr mejores condiciones físicas en el reservorio que permitan la extracci...

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Autores:
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2016
Institución:
Universidad del Rosario
Repositorio:
Repositorio EdocUR - U. Rosario
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.urosario.edu.co:10336/12428
Acceso en línea:
https://doi.org/10.48713/10336_12428
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Palabra clave:
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description El presente trabajo de grado busca exponer el panorama actual de la exploración y producción de hidrocarburos en Yacimientos No Convencionales, realizada utilizando el fracturamiento hidráulico – Fracking – cómo método para lograr mejores condiciones físicas en el reservorio que permitan la extracción del recurso. El método mencionado es estudiado a la luz de los principios de prevención, precaución y desarrollo sostenible, que rigen la política ambiental en Colombia, con el objetivo de analizar los posibles impactos ambientales y sociales que se puedan generar por el desarrollo de la actividad extractiva de hidrocarburos en Yacimientos No Convencionales. Para finalmente mostrar que el Fracking como actividad está legalmente permitida en Colombia, y la legislación vigente responde a los principios mencionados previamente.
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spelling Rodríguez, Gloria Amparo24867399600Toledo Plata, RafaelGarcés Vega, María AlejandraAbogado7448689c-12e3-4abe-8292-a9f50c19d33f-1fb6d2848-b378-4930-ab7c-93b1e0a92783-12016-10-18T20:05:41Z2016-10-18T20:05:41Z2016-10-042016El presente trabajo de grado busca exponer el panorama actual de la exploración y producción de hidrocarburos en Yacimientos No Convencionales, realizada utilizando el fracturamiento hidráulico – Fracking – cómo método para lograr mejores condiciones físicas en el reservorio que permitan la extracción del recurso. El método mencionado es estudiado a la luz de los principios de prevención, precaución y desarrollo sostenible, que rigen la política ambiental en Colombia, con el objetivo de analizar los posibles impactos ambientales y sociales que se puedan generar por el desarrollo de la actividad extractiva de hidrocarburos en Yacimientos No Convencionales. Para finalmente mostrar que el Fracking como actividad está legalmente permitida en Colombia, y la legislación vigente responde a los principios mencionados previamente.The following paper examines the current state of the art regarding hydrocarbon exploration and production in non-conventional basins in Colombia, developed through hydraulic fracturing technics. Furthermore, hydraulic fracturing will be assessed vis-á-vis prevention, precautionary and sustainable development principles, under the aim of addressing and understanding potential environmental or social impacts such activities may imply. Finally, legal viability of fracking activities under Colombian legal regime will be studied, indicating how this type of projects comply with the aforementioned environmental principles.application/pdfhttps://doi.org/10.48713/10336_12428 http://repository.urosario.edu.co/handle/10336/12428spaUniversidad del RosarioFacultad de JurisprudenciaJurisprudenciaAbierto (Texto completo)Atribución-SinDerivadas 2.5 ColombiaEL AUTOR, manifiesta que la obra objeto de la presente autorización es original y la realizó sin violar o usurpar derechos de autor de terceros, por lo tanto la obra es de exclusiva autoría y tiene la titularidad sobre la misma. PARGRAFO: En caso de presentarse cualquier reclamación o acción por parte de un tercero en cuanto a los derechos de autor sobre la obra en cuestión, EL AUTOR, asumirá toda la responsabilidad, y saldrá en defensa de los derechos aquí autorizados; para todos los efectos la universidad actúa como un tercero de buena fe. EL AUTOR, autoriza a LA UNIVERSIDAD DEL ROSARIO, para que en los términos establecidos en la Ley 23 de 1982, Ley 44 de 1993, Decisión andina 351 de 1993, Decreto 460 de 1995 y demás normas generales sobre la materia, utilice y use la obra objeto de la presente autorización. -------------------------------------- POLITICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES. Declaro que autorizo previa y de forma informada el tratamiento de mis datos personales por parte de LA UNIVERSIDAD DEL ROSARIO para fines académicos y en aplicación de convenios con terceros o servicios conexos con actividades propias de la academia, con estricto cumplimiento de los principios de ley. Para el correcto ejercicio de mi derecho de habeas data cuento con la cuenta de correo habeasdata@urosario.edu.co, donde previa identificación podré solicitar la consulta, corrección y supresión de mis datos.http://creativecommons.org/licenses/by-nd/2.5/co/http://purl.org/coar/access_right/c_abf2Suárez Castaño R. Colombia se Une al Esfuerzo Global de Enfrentar el Cambio Climático. En García Arbeláez, C, Ximena, B, Gómez, R, Suárez Castaño, R (2016). El ABC de los Compromisos de Colombia Para la COP 21: http://cambioclimatico.minambiente.gov.co/images/ABC_de_los_Compromisos_de_Colombia_para_la_COP21_VF_definitiva.pdfGarcía Arbeláez, C, Ximena, B, Gómez, R, Suárez Castaño, R (2016). El ABC de los Compromisos de Colombia Para la COP 21 http://cambioclimatico.minambiente.gov.co/images/ABC_de_los_Compromisos_de_Colombia_para_la_COP21_VF_definitiva.pdfGarcía Arbeláez.¿Cuáles son las Acciones Específicas de Adaptación?, García Arbeláez, C, Ximena, B, Gómez, R, Suárez Castaño, R (2016). El ABC de los Compromisos de Colombia Para la COP 21 http://cambioclimatico.minambiente.gov.co/images/ABC_de_los_Compromisos_de_Colombia_para_la_COP21_VF_definitiva.pdf (pág 15)Tiemman, M., & Vann, A. (2015). Hydraulic Fracturing and Safe Drinking Water Act Regulatory Issues .Zapata Lugo, J. V. (2015). Introducción . 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Copia tomada directamente de la CorporaciónCOLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL. Sala Quinta de Revisión. Sentencia de junio 26 de 2014. Magistrado Ponente: Jorge Iván Palacio Palacio. (Sentencia Número T-397-14). Copia tomada directamente de la Corporación.COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL. Sala Plena de la Corte Constitucional. Sentencia de marzo 5 de 2014. Magistrado Ponente: Alberto Rojas Ríos. (Sentencia Número C-123-14). Copia tomada directamente de la Corporación.COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL. Sala Sexta de Revisión. Sentencia de marzo 21 de 2013. Magistrado Ponente: Nilson Pinilla Pinilla. (Sentencia Número T-154-13). Copia tomada directamente de la Corporación.COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL. Sala Séptima de Revisión. Sentencia de diciembre 12 de 2012. Magistrado Ponente: Jorge Ignacio Pretelt Chaljub. (Sentencia Número T-1077-12). Copia tomada directamente de la Corporación.COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL. Sala Tercera de Revisión. Sentencia de agosto 24 de 2012. Magistrado Ponente: Adriana M. Guillén Arango. (Sentencia Número T-661-12). Copia tomada directamente de la Corporación.COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL. Sala Plena de la Corte Constitucional. Sentencia de agosto 24 de 2011. Magistrado Ponente: Gabriel Eduardo Mendoza Martelo. (Sentencia Número C-632-11). Copia tomada directamente de la Corporación.COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL. Sala Plena de la Corte Constitucional. Sentencia de marzo 29 de 2011. Magistrado Ponente: Jorge Ignacio Pretelt Chaljub. (Sentencia Número C-220-11). Copia tomada directamente de la Corporación.COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL. Sala Plena de la Corte Constitucional. Sentencia de septiembre 6 de 2010. Magistrado Ponente: Eduardo Mendoza Martelo. (Sentencia Número C-703-10). Copia tomada directamente de la Corporación.COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL. Sala Plena de la Corte Constitucional. Sentencia de julio 27 de 2010. Magistrado Ponente: Jorge Iván Palacio Palacio. (Sentencia Número C-595-10). 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Magistrado Ponente: Clara Inés Vargas Hernández. (Sentencia Número T-760-07). Copia tomada directamente de la Corporación.COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL. Sala Plena de la Corte Constitucional. Sentencia de octubre 12 de 2004. Magistrado Ponente: Humberto Sierra Porto. (Sentencia Número C-988-04). Copia tomada directamente de la Corporación.COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL. Sala Plena de la Corte Constitucional. Sentencia de marzo 16 de 2004. Magistrada Ponente: Clara Inés Vargas Hernández. (Sentencia Número C-245-04). Copia tomada directamente de la Corporación.COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL. Sala Plena de la Corte Constitucional. Sentencia de mayo 13 de 2003. Magistrado Ponente: Álvaro Tafur Galvis. (Sentencia Número SU-383-03). Copia tomada directamente de la Corporación.COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL. Sala Plena de la Corte Constitucional. Sentencia de mayo 7 de 2002. Magistrado Ponente: Jaime Araujo Rentería. (Sentencia Número C-330-02). Copia tomada directamente de la Corporación.COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL. Sala Plena de la Corte Constitucional. Sentencia de abril 23 de 2002. Magistrado Ponente: Alfredo Beltrán Sierra. (Sentencia Número C-293-02). Copia tomada directamente de la Corporación.COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL. Sala Plena de la Corte Constitucional. Sentencia de junio 28 de 2001. Magistrado Ponente: Jaime Araujo Rentería. (Sentencia Número C-671-01). Copia tomada directamente de la Corporación.COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL. Sala Plena de Corte Constitucional. Sentencia de abril 12 de 2000. Magistrado Ponente: Vladimiro Naranjo Mesa. (Sentencia Número C-431-00). Copia tomada directamente de la Corporación.COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL. Sala Plena de la Corte Constitucional. Sentencia de enero 26 de 2000. Magistrado Ponente: Vladimiro Naranjo Mesa (Sentencia Número C-037 – 2000) Copia tomada directamente de la Corporación.COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL. Sala Sexta de Revisión. Sentencia de enero 29 de 1999. Magistrado Ponente: Hernando Herrera Vergara. (Sentencia Número T-046-99). Copia tomada directamente de la Corporación.COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL. Sala Plena. Sentencia de enero 27 de 1999. Magistrado Ponente: Antonio Barrera Carbonell. (Sentencia Número C-035-99). Copia tomada directamente de la Corporación.COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL. Sala Plena de la Corte Constitucional. Sentencia de abril 1 de 1998. Magistrado Ponente: Alejandro Martínez Caballero. (Sentencia Número C-126-98). Copia tomada directamente de la Corporación.COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL. Sala Séptima de Revisión. Sentencia de agosto 31 de 1998. Magistrado Ponente: Alejandro Martínez Caballero. (Sentencia Número T-453-98). Copia tomada directamente de la Corporación.COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL. Sala Séptima de Revisión. Sentencia de octubre 29 de 1996. Magistrado Ponente: Alejandro Martínez Caballero. (Sentencia Número T-574-96). 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