Attribution, Responsibility and Jurisdiction in International Human Rights Law
Este artículo se ocupa de la atribución de la responsabilidad a los Estados Parte por violaciones de ciertos tratados multilaterales de derechos humanos fuera de su territorio y la jurisdicción de los tribunales u órganos de tratado sobre dichas violaciones. La jurisdicción sobre la violación de los...
- Autores:
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2017
- Institución:
- Universidad del Rosario
- Repositorio:
- Repositorio EdocUR - U. Rosario
- Idioma:
- eng
spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.urosario.edu.co:10336/15714
- Acceso en línea:
- http://repository.urosario.edu.co/handle/10336/15714
- Palabra clave:
- Convención Americana sobre Derechos Humanos
Carta Africana sobre los Derechos Humanos y de los Pueblos ACNUR
control sobre el territorio
Convención Europea de Derechos Humanos
jurisdicción cuasiterritorial
African Charter on Human and Peoples’ Rights
American Convention on Human Rights
control over territory
European Convention on Human Rights
quasi-territorial jurisdiction
Convenção Americana sobre Direitos Humanos
Carta Africana sobre os Direitos Humanos e dos Povos acnur
controle sobre o território
Convenção Europeia de Direitos Humanos
jurisdição quaseterritorial
- Rights
- License
- Copyright (c) 2016 ACDI - Anuario Colombiano de Derecho Internacional
Summary: | Este artículo se ocupa de la atribución de la responsabilidad a los Estados Parte por violaciones de ciertos tratados multilaterales de derechos humanos fuera de su territorio y la jurisdicción de los tribunales u órganos de tratado sobre dichas violaciones. La jurisdicción sobre la violación de los derechos humanos es resultado de la soberanía territorial pero también, incluso, de la dominación cuasi territorial (ocupación territorial y situaciones similares, la jurisdicción sobre territorio marítimo) o del ejercicio de jurisdicción personal por parte de las autoridades competentes, tales como actividades consulares, diplomáticas o de inteligencia en países extranjeros, actos en o por embarcaciones marítimas en altamar o en naves de aire o espaciales. Para cada uno de los sistemas de tratados revisados, (Carta Africana sobre los Derechos Humanos y de los Pueblos, Convención Americana de Derechos Humanos, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, Convención Europea sobre Derechos Humanos) este documento describe las características generales del sistema, sus disposiciones sobre jurisdicción y, lo más importante, la prácticas derivada de su aplicación. Este documento propone las siguientes conclusiones: todos los mecanismos revisados contienen algún elemento preceptivo/obligatorio; todos ellos, excepto el sistema Africano, contienen reglas pertinentes y asimismo todos aplican las reglas clásicas del derecho internacional en el ejercicio de la competencia cuasi territorial y personal. Estos Estados son responsables por las violaciones de derechos humanos cometidas por sus agentes y órganos en el ejercicio de su soberanía y los órganos del tratado pueden conocer de estos abusos. |
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